Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2019 (14/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de setiembre de 2019 /

El Peruano

en el Distrito Fiscal de Lima Este desde el 01 de octubre de 2019. Que, mediante Ley N° 30364, "Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar" y su reglamento, se establece un proceso especial de tutela y un proceso penal frente a la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, con competencias, responsabilidades, procedimientos y medidas que corresponden adoptar a cada uno de los operadores involucrados. Que, mediante Decreto Legislativo N° 1368, se "Crea el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar". Que, con la finalidad de regular el proceso de transición de los casos que se tramitan con las normas del Código de Procedimientos Penales a las del nuevo sistema procesal penal, así como adoptar medidas orientadas a la adecuada entrada en vigencia del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima Este, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto Legislativo N° 958 "Decreto Legislativo que regula el Proceso de Implementación y Transitoriedad del Código Procesal Penal", es necesario realizar un inventario de las denuncias y los expedientes de las Fiscalías Superiores Penales, Provinciales Penales y/o Mixtas del Distrito Fiscal de Lima Este, donde se deberá tener en cuenta, además, la estrategia de apoyo al Plan de descarga del Distrito Fiscal de Lima Este, aprobada mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2279-2019-MP-FN. En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 01-2019-MP-FN-OTI-NCPP/STI de "Inventario de denuncias y expedientes para las Fiscalías Superiores Penales, Provinciales Penales y/o Mixtas del Distrito Fiscal de Lima Este" y los anexos que forman parte integrante de la misma, que aplicarán el Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo 957, según Calendario Oficial de Vigencia establecido en el Decreto Supremo N° 012-2019-JUS, de fecha 28 de junio de 2019. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información, publique la directiva en la página web del Ministerio Público para su difusión. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Secretaría Técnica de la Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal del Ministerio Público, Gerencia General, Oficina General de Tecnologías de la Información y Oficina de Racionalización y Estadística de la Oficina General de Planificación y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1807286-1

Modifican el artículo primero de la Res. N° 026-2019-MP-FN
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2498-2019-MP-FN Lima, 13 de setiembre de 2019 VISTOS: El Oficio N° 1134-2019-MP-FN-GG, de la Gerencia General y el Informe N° 1104-2019-MP-FN-OGASEJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 026-2019-MP-FN de fecha 08 de enero de 2019, se

delegó en el Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses como responsable de la Unidad Ejecutora 010: "Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML); así como en los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores como responsables de las Unidades Ejecutoras: 003 Gerencia Administrativa de Arequipa, 004 Gerencia Administrativa de Lambayeque, 005 Gerencia Administrativa de La Libertad, 006 Gerencia Administrativa de Cusco, 007 Gerencia Administrativa de Piura, 008 Gerencia Administrativa de San Martín y 009 Gerencia Administrativa de Amazonas; las facultades y atribuciones en materia presupuestal, contrataciones del Estado, tesorería, personal, normativa y administrativa, que conforman el Pliego 022: Ministerio Público, durante el Ejercicio Fiscal 2019. Delegándose en los Presidentes precitados las siguientes facultades y atribuciones en materia de gestión de tesorería: a) Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias correspondientes a la Unidad Ejecutora a su cargo; y b) Autorizar la apertura de la cuenta corriente para la Unidad Ejecutora, en la cual la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Finanzas depositará mensualmente el 50% de los recursos directamente recaudados del Distrito Fiscal bajo su competencia, previa conciliación mensual respectiva. Conforme a lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Directoral N° 054-2018EF/52.03, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 30 de diciembre de 2018, "La acreditación de los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias ante la DGETP, es realizada a través del Aplicativo informático SIAF-SP "Acreditación Electrónica de Responsables de Cuentas" (...)"; y el numeral 3.2 del citado artículo, precisa el procedimiento que tiene que realizar el funcionario que tiene a su cargo la designación de los responsables titulares y suplentes, para la acreditación antes mencionada. Con Proveído N° 15821-2019-MP-FN-GG y en atención al Proveído N° 29763-2019-MP-FN-SEGFIN, se solicita ampliar las facultades delegadas mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 026-2019-MPFN de fecha 08 de enero de 2019, a fin que la designación de titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias, así como la acreditación electrónica de los responsables de dichas cuentas, deban ser efectuadas por el Jefe Nacional del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, como responsable de la Unidad Ejecutora 010: "Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML), así como por el/la Presidente/a de las Juntas de Fiscales Superiores responsables de las Unidades Ejecutoras: 003 Gerencia Administrativa de Arequipa, 004 Gerencia Administrativa de Lambayeque, 005 Gerencia Administrativa de La Libertad, 006 Gerencia Administrativa de Cusco, 007 Gerencia Administrativa de Piura, 008 Gerencia Administrativa de San Martín y 009 Gerencia Administrativa de Amazonas. Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina General de Finanzas y Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3 de la Resolución Directoral N° 0542018-EF/52.03, y estando a lo dispuesto en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 026-2019-MPFN de fecha 08 de enero de 2019, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo Primero.- Delegar en el Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses como responsable de la Unidad Ejecutora 010: "Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses" (IML); así como en los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores como responsables de las Unidades Ejecutoras: 003 Gerencia Administrativa de Arequipa, 004 Gerencia Administrativa de Lambayeque, 005 Gerencia Administrativa de La Libertad,

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