Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2019 (25/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Artículo 54º.- Los productos decomisados quedan bajo custodia del ADMINISTRADOR DEL MERCADO, quien da cuenta a la Sub Gerencia de Comercialización para la disposición final. Artículo 55º.- Los inquilinos y conductores de establecimientos de venta que cometen la misma infracción dentro del periodo de un (01) año siguiente, independientemente de la sanción administrativa correspondiente, se considera reincidente y para el inquilino puede ameritar el inicio del proceso de resolución de contrato. Artículo 56º.- El mobiliario, equipos, vitrinas, cajas, fardos, jabas, sacos, bultos, mercadería y demás bienes que se encuentren en el área de libre circulación del mercado se consideran abandonados para efectos del presente Reglamento, por lo que amerita su inmediata retención. CAPÍTULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera: En todo lo no previsto para la tramitación de los procedimientos administrativos materia de la presente Ordenanza, será de aplicación supletoria lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley de Ejecución Coactiva. Segunda: Es responsabilidad de la Gerencia de Servicios Municipales y de la Gerencia de Administración Tributaria de LA MUNICIPALIDAD fiscalizar permanentemente el cumplimiento estricto de lo dispuesto en el presente Reglamento de acuerdo a sus competencias. Tercera: Los actuales inquilinos que se encuentran al día con sus obligaciones contractuales, pueden solicitar el derecho preferencial para la renovación del contrato desde Dos (02) meses antes del vencimiento del contrato vigente. Cuarta: Ningún inquilino puede contratar más de un establecimiento de venta, ni mediante su cónyuge. Quinta: Establecer hasta el 30 de Septiembre del 2019 como el plazo máximo para la adecuación y/o regularizar el vínculo contractual entre los inquilinos y LA MUNICIPALIDAD. Sexta: Aprobar los formatos "Anexo 01: Declaración Jurada", "Anexo 02: Acta de Intervención", "Anexo 03: Notificación", "Anexo 04: Acta de Retención", "Anexo 05: Acta de Decomiso", "Anexo 06: Acta de Devolución" y "Anexo 07: Acta de Inspección Sanitaria", que adjuntos forman parte de la presente. El "Anexo 08: Tarifa por M2" se aprobara previo informe técnico detallado. Séptima: El presente reglamento entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO AGUILAR VÁSQUEZ Alcalde Provincial 1809762-3

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ
Designan responsable del portal de transparencia estándar de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 109-2019-MDSC/A Santa Cruz, 20 de setiembre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ, DE PROVINCIA CUTERVO, DEPARTAMENTO CAJAMARCA VISTO: El memorándum Nº 012-2019-MDSC/A, de fecha 16 de setiembre. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la ley

de reforma de la constitución política del Perú, Ley Nº 30305 concordante con el articulo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades la Municipalidad Distrital de Santa Cruz es un órgano de gobierno local tiene autonomía política, económica administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante la Ley Nº 27806- Ley de transparencia y acceso a la información pública , modificado por la Ley Nº 27972, se cautela la transferencia de los actos de todas las entidades de la administración pública entre ellos los gobiernos locales . Que el último párrafo del artículo 05 de la Ley 27972 establece que la entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet .Por su parte el reglamento de la ley de transparencia y acceso a la información pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece que la designación de funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de elaboración y actualización del portal se efectuara mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad, y será publicado en el Diario Oficial El Peruano adicionalmente, la entidad colocara copia de la resolución de designación en el lugar visible en cada una de sus sedes administrativas. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 0632010-PCM, se aprueba la implementación de portal de transparencia estándar en las entidades de la administración pública. Dicha herramienta informática contiene formatos estándares bajo los cuales cada entidad registra y actualizara su información de gestión de acuerdo a lo establecido por la Ley de transparencia y acceso a la información pública y los plazos establecidos en ella sin perjuicio de la información adicional que la Entidad considere pertinente publicar. Dicha herramienta se presenta en una versión amigable con definiciones expresadas en lenguaje claro y sencillo para un mejor entendimiento de la ciudadanía en general. Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0352017-PCM, se aprueba la Directiva Nº 001-2017-PCM/ SGP, "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública". El portal de transparencia estándar ­ PTE, es una herramienta informática integrada al portal del estado peruano, que contiene información de gestión clasificada en rubros temáticos y presentada en formatos estándares por las Entidades de la Administración Pública, que están en la obligación de publicar y actualizar conforme a los plazos que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, pudiendo publicar información adicional que considere en cada rubro temático. El Portal de transparencia estándar contiene una iconografía amigable de lenguaje claro y de fácil acceso a la ciudadanía, con gráficos estadísticos e integra información de fuentes oficiales como el Ministerio de Economía y Finanzas, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, Contraloría General de la República, Presidente del Consejo de Ministros, entre otros. Que estando al expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 20º numeral 06, de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR AL Sr. BRAYHAN ETSON GAVIDIA RÍOS, Jefe responsable de la oficina de informática, como responsable del portal de transparencia estándar de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ. Artículo Segundo.- DISPONER que la oficina de recursos humanos, coordinación con la oficina de planificación y presupuesto, proporcionen al encargado todas las facilidades para dar cumplimiento a la presente resolución Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE, al interesado, así como a la Secretaria General, y a los órganos administrativos competentes. MARCIANO SILVA PEREZ Alcalde 1810245-1

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