Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2019 (25/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Miércoles 25 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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jurada de inscripción, rectificación y descargo de los contribuyentes que tiene predios dentro de la Jurisdicción de Los Olivos. Al respecto, acorde a los fundamentos de hecho y derecho opina que es procedente la aprobación del proyecto de Directiva para la presentación y procesamiento de declaraciones juradas de impuesto predial alcanzado, mediante la emisión de un Decreto de Alcaldía, en atención a lo dispuesto a los artículo 20° numeral 6) y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; En uso de las facultades conferidas al Alcalde en el numeral 6), artículo 20° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.APROBAR el proyecto de DIRECTIVA PARA LA PRESENTACIÓN Y PROCESAMIENTO DE DECLARACIONES JURADAS DE IMPUESTO PREDIAL DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS, que consta de dos Capítulos, once Numerales y dos Anexos; los cuales forman parte integrante del presente. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y RENTAS, así como a las unidades orgánicas que la conforman, a la SUBGERENCIA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y GESIÓN DOCUMENTAL y a la EJECUTORIA COACTIVA, el cumplimiento del presente Decreto; a la SECRETARIA GENERAL su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES y SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL la publicación del presente Decreto de Alcaldía y del íntegro de la DIRECTIVA PARA LA PRESENTACIÓN Y PROCESAMIENTO DE DECLARACIONES JURADAS DE IMPUESTO PREDIAL DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos: www. munilosolivos.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1810637-1

13 de mayo de 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 637-2019-GM-MDMM, de fecha 14 de mayo de 2019, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 062-2019-SG-AMDOPM-MDMM, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 y 192 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, establece, respectivamente, que los Gobiernos Distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Artículo IV de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la finalidad de la Municipalidad es representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de sus circunscripción; Que, con fecha 23 de noviembre de 2015, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, que tiene por objeto prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar, en especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad; a través de mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas así como reparación del daño causado; y dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fin de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos; Que, con Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP, publicado el 27 de julio de 2016, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30364, establece que los Gobiernos Distritales, mediante una ordenanza, disponen la creación de la Instancia Distrital de Concertación; la cual compone e integra el Sistema Nacional para la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, encargado de asegurar el cumplimiento de políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fin de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación; Que, mediante Informe Nº 032-2019-SG-AMDOPM, de fecha 25 de marzo de 2019, la Sub Gerencia de Adulto Mayor, DEMUNA, OMAPED Y Protección a la Mujer, a través de la Gerencia de Desarrollo Humano, solicita la creación de la Instancia Distrital de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Por lo que la Instancia Distrital de Concertación permitiría la participación de autoridades, funcionarios y representantes de la sociedad civil organizada para dialogar sobre dicha realidad, elaborar propuestas de política y planes de acción; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 298-2019-GAJ-MDMM, de fecha 13 de mayo de 2019, concluye que resulta conveniente aprobar la creación de la Instancia Distrital de Concertación en atención al marco legal vigente, además que no irrogará gasto al Estado. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo, aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN LA JURISDICCIÓN DE MAGDALENA DEL MAR Artículo 1º.- Crear la Instancia Distrital de Concertación Local, para erradicar la violencia contra

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Crean Instancia Distrital de Concertación Local, para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar en la jurisdicción de Magdalena del Mar
ORDENANZA Nº 063-2019-MDMM Magdalena del Mar, 20 de agosto de 2019 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 16 de la fecha, y; VISTOS: El Informe Nº 032-2019-SG-AMDOPM-MDMM, de fecha 25 de marzo de 2019, emitido por la Sub Gerencia de Adulto Mayor, DEMUNA, OMAPED Y Protección a la Mujer, el Informe Nº 037-2019-MDMM-GDH, de fecha 11 de abril de 2019, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, el Memorando Nº 613-2019-GM-MDMM, de fecha 10 de mayo de 2019, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 298-2019-GAJ-MDMM, de fecha

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