Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2020 (03/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Viernes 3 de abril de 2020

NORMAS LEGALES

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establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley Nº 28175 ­ Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Confianza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8° del referido Decreto Legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 087-2018-MIDIS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 30 de marzo de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; Que, mediante Resolución Directoral Nº 156-2018-MIDIS/P65-DE, de fecha 13 de diciembre de 2018, se designó a la señora Orfelina Arpasi Quispe en el cargo de confianza de Jefa de la Unidad de Proyectos y Diseño de Intervenciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", designación que se ha visto conveniente dar por concluida; Que, mediante Resolución Directoral Nº 141-2019-MIDIS/P65-DE, de fecha 08 de noviembre de 2019, se designó a la señora Rosa María Pretell Aguilar en el cargo de confianza de Asesora para la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", designación que se ha visto conveniente dar por concluida; Que, la designación de los profesionales que ocuparán los cargos de confianza de Jefa de la Unidad de Proyectos y Diseño de Intervenciones y Asesor para la Dirección Ejecutiva, cumple con los requisitos establecidos en el Manual Clasificador de Cargos de la entidad, estando los mismos debidamente presupuestados; Que, mediante Informe N° 00087-2020-MIDIS/P65DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" emite opinión legal favorable a la designación de los cargos de confianza mencionados; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con la visación del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica y, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM y modificatorias, y en la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la profesional Orfelina Arpasi Quispe como Jefa de la Unidad de Proyectos y Diseño de Intervenciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Dar por concluida la designación de la profesional Rosa María Pretell Aguilar como Asesora para la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- Designar, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, a los profesionales que se indican a continuación en los siguientes cargos:
NOMBRES Y APELLIDOS Rosa María Aguilar Pretell Carlos Edgardo Mansilla Herrera CARGO Jefa de la Unidad de Proyectos y Diseño de Intervenciones Asesor para la Dirección Ejecutiva

ECONOMIA Y FINANZAS
Establecen plazo máximo para la presentación de las rendiciones de cuentas del ejercicio fiscal 2019, y aprueban disposiciones especiales para empresas públicas bajo el ámbito del FONAFE, la presentación de la información a cargo de los CAFAE y plazo para la publicación de entidades omisas a la presentación de las rendiciones de cuentas del ejercicio fiscal 2019
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2020-EF/51.01 Lima, 2 de abril de 2020 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en los incisos 1, 2 y 4 del párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, son funciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, establecer las condiciones normativas para la presentación de la rendición de cuentas de las entidades del Sector Público, a fin de elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, necesarias para realizar el planeamiento y la toma de decisiones, además de facilitar el control y la fiscalización de la gestión pública; Que, en aplicación a lo dispuesto en el párrafo 23.2 del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1438, mediante el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 017-2019EF/51.01, y los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral Nº 003-2020-EF/51.01, se establecieron cronogramas de presentación de la información financiera y presupuestaria para la elaboración de la Cuenta General de la República 2019, sin exceder el 31 de marzo de 2020, para las entidades públicas, empresas públicas y otras formas organizativas que administren recursos públicos, tales como: Caja de Pensiones Militar Policial, Seguro Social de Salud (ESSALUD), Administradores de Fondos Públicos, Sociedades de Beneficencia, entre otros; Que, en el numeral 4 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 0262020, Decreto de Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, se declara la suspensión por treinta (30) días de los plazos vinculados a la actuación de los órganos rectores de la Administración Financiera del Sector Público, que comprende al Sistema Nacional de Contabilidad, quedando facultados estos, de ser el caso, a prorrogar dichos plazos mediante resolución, así como a dictar normas complementarias en el ámbito de su respectiva rectoría; Que, el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, en su artículo 1, declara el estado de emergencia nacional por quince (15) días calendario, disponiendo el aislamiento social obligatorio por dicho período, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas en nuestra Nación a consecuencia del brote del COVID-19, estado prorrogado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, por el término de trece (13) días calendario, a partir del 31 de marzo de 2020; Que, en el marco de las disposiciones legales citadas precedentemente, resulta necesario establecer una prórroga a los plazos para la presentación de la información financiera y presupuestaria para la elaboración de la Cuenta General de la República 2019, determinando que dicha presentación se efectúe hasta el día 7 de mayo del presente año; Que, para el caso de las empresas públicas bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y FONAFE, éstas presentan su información financiera y presupuestaria hasta el 22 de abril de 2020; en tanto, el FONAFE presenta la información contable consolidada del ejercicio fiscal 2019, hasta el 20 de mayo de 2020; Que, asimismo, se autoriza a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo ­ CAFAE de las Entidades Gubernamentales, a presentar

Artículo 4°.- Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y, en coordinación con la Unidad de Comunicación e Imagen, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICHAR ALEX RUIZ MORENO Drector Ejecutivo Dirección Ejecutiva Programa Nacional de Asistencia Solidaria PENSIÓN 65 1865318-1

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