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17 NORMAS LEGALES Viernes 7 de agosto de 2020 El Peruano / Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2020-EF/43 Lima, 6 de agosto del 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Asesor II, Categoría F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único. Designar a la señora Lia Llanet Calderón Romero, en el cargo de Asesor II, Categoría F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1875786-1 Aprueban los “Lineamientos para la Presentación y Atención de Consultas en materia contable por la Dirección General de Contabilidad Pública” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 014-2020-EF/51.01 Lima, 6 de agosto de 2020 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, dispone que la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Contabilidad y tiene como funciones establecidas en los incisos 1 y 7 del artículo antes citado, el dictar las normas relacionadas con su ámbito de competencia, vinculándose con las O fi cinas de Contabilidad o las que hagan sus veces en las entidades del Sector Público; así como interpretar las normas contables emitidas y absolver consultas en materia de su competencia, con carácter vinculante, respectivamente; Que, el inciso 3 del numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1438, establece que es función de las O fi cinas de Contabilidad o las que hagan sus veces en las entidades del Sector Público, efectuar las acciones conducentes al reconocimiento, medición, registro y procesamiento de los hechos económicos de la entidad; asimismo, el numeral 14.3 del artículo 14 de la citada norma, dispone que en el registro sistemático de la totalidad de los hechos económicos, los responsables del registro no pueden dejar de reconocer, medir, registrar, procesar y presentar la información contable por insu fi ciencia o inexistencia de la legislación o del ordenamiento administrativo, según corresponda;Que, el literal a) del artículo 123 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41, establece que la Dirección General de Contabilidad Pública, tiene como función, entre otras, emitir las normas, lineamientos y procedimientos de contabilidad que rigen al Sector Público; Que, a fi n de optimizar el proceso de atención de las consultas en materia contable, resulta necesario establecer criterios para su presentación y atención; así como para la atención de solicitudes respecto al alcance e interpretación de las normas del Sistema Nacional de Contabilidad; teniendo en consideración que las interpretaciones y opiniones de la Dirección General de Contabilidad Pública tienen carácter vinculante; En concordancia con las facultades establecidas por el Decreto Legislativo Nº 1438 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad Pública; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la Presentación y Atención de Consultas en materia contable por la Dirección General de Contabilidad Pública”. Artículo 2.- La presente Resolución Directoral y los Lineamientos aprobados en el artículo 1, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (https://www.gob.pe/mef) en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA Director GeneralDirección General de Contabilidad Pública “LINEAMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN Y ATENCIÓN DE CONSULTAS EN MATERIA CONTABLE POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA” 1. OBJETOEstablecer criterios para la presentación de consultas en materia contable formuladas a la Dirección General de Contabilidad Pública, cuyo cumplimiento es obligatorio para las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Contabilidad, en el marco de la función establecida en el inciso 7 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. 2. FINALIDADOptimizar el proceso de atención de las consultas en materia contable presentadas a la Dirección General de Contabilidad Pública. 3. BASE LEGAL • Decreto Legislativo Nº 1031, Decreto Legislativo que Promueve la E fi ciencia de la Actividad Empresarial del Estado. • Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público. • Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. • Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. • Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41, Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas. 4. ALCANCE Las disposiciones establecidas en estos Lineamientos son de obligatorio cumplimiento por parte de las entidades del Sector Público del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas Públicas,