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33 NORMAS LEGALES Viernes 7 de agosto de 2020 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal, de conformidad a lo previsto en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal – CAP del INGEMMET, aprobado mediante Resolución Suprema N° 015-2013-EM y actualizado por Resolución de Presidencia N° 025-2014- INGEMMET/PCD, se prevé el cargo de Asesor en Investigación Geológica de la Presidencia Ejecutiva del INGEMMET, cargo considerado de con fi anza; Que, el numeral 8) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 035-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, establece que el Presidente Ejecutivo tiene atribución de designar al personal y cargos de con fi anza, de conformidad con la legislación vigente; Con el visto bueno de la Gerencia General, de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, y Administración, y de la Unidad de Personal, y; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y de acuerdo a las atribuciones previstas en el Decreto Supremo N° 035-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Designar, a la ingeniera Mirian Irene Mamani Huisa en el cargo de Asesor en Investigación Geológica de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Noti fi car el presente acto resolutivo a las Unidades Orgánicas del INGEMMET e interesada, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y comuníquese.SUSANA G. VILCA ACHATA Presidenta Ejecutiva 1875801-3 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográficas, corre spondientes al mes de julio de 2020 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 150-2020-INEI Lima, 6 de agosto de 2020CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-07-2020/DTIE, referido a los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de julio de 2020, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE:Artículo Único. - Aprobar los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de julio de 2020 , que a la fecha cuentan con la información requerida, tal como se detalla a continuación: ÍNDICE JULIO 2020 CÓDIGO 30 528,51 34 461,71 39 466,82 47 619,99 49 333,13 53 731,17 Regístrese y comuníquese.DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe 1875778-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 2 del OSCE RESOLUCIÓN N° 041 - 2020 - OSCE/SGE Jesús María, 6 de agosto de 2020 VISTO:El Informe N° D000021-2020-OSCE-OPM de fecha 30 de julio de 2020, de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la