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28 NORMAS LEGALES Viernes 7 de agosto de 2020 / El Peruano ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 233-2020-INPE/P Lima, 5 de agosto de 2020Vistos, el O fi cio N° 442-2020-INPE/09 de fecha 24 de julio de 2020, del Jefe de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 071-2020-INPE/07.02 de fecha 30 de julio de 2020, de la Unidad de Presupuesto; el Ofi cio N° 338-2020-INPE/07 de fecha 31 de julio de 2020, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el O fi cio N° 255-2020-INPE/08 de fecha 31 de julio de 2020, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional Penitenciario es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional administrativa, económica y fi nanciera en el ejercicio de sus atribuciones, constituye un pliego presupuestal. Es el ente rector del Sistema Penitenciario Nacional; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019 – Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprobó el Presupuesto Anual de Gasto; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 333-2019-INPE/P de fecha 20 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondientes al Año Fiscal 2020 del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, dicho dispositivo legal prescribe que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; indicando además que, la resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario ofi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369- 2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividades Empresarial del Estado, universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, en ese orden, con el O fi cio N° 000980-2019-CG/ SGE, de fecha 07 de noviembre de 2019, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunicó al Instituto Nacional Penitenciario que, a efectos de implementar las disposiciones de la normativa precedentemente expuesta, deberá realizar una transferencia fi nanciera a su favor, en el año 2019 por la suma de S/ 70,462.08 (Setenta mil cuatrocientos sesenta y dos con 08/100 Soles), y durante el año 2020 por la suma de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 Soles), por el periodo auditado 2019; Que, en atención a ello, mediante Resolución Presidencial N° 314-2019-INPE/P de fecha 26 de noviembre de 2019 se autorizó una Transferencia Financiera del Pliego 61: Instituto Nacional Penitenciario hasta por la suma de S/ 70,462.08 (Setenta mil cuatrocientos sesenta y dos con 08/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República; Que, con O fi cio N° 442-2020-INPE/09 de fecha 24 de julio de 2020, la O fi cina General de Administración solicita la emisión de la resolución que autorice la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, por la suma de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 Soles); Que, mediante Informe N° 071-2020-INPE/07.02 de fecha 30 de julio de 2020, la Unidad de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestaria, para la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, señalando que la entidad cuenta con disponibilidad presupuestal para dicha transferencia; Que, mediante O fi cio N° 338-2020-INPE/07 de fecha 31 de julio de 2020, la Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que comparte la opinión favorable emitida por su Unidad de Presupuesto, para la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, mediante O fi cio N° 255-2020-INPE/08 de fecha 31 de julio de 2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que en consideración a la normativa glosada y lo indicado por la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, se debe aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Contando con las visaciones de la Gerencia General, O fi cina General de Administración, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, Resolución Suprema N° 058-2020-JUS; y en uso de las facultades conferidas en el tercer párrafo del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR , la Transferencia Financiera del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario, hasta por la suma de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 Soles), a favor de la Contraloría General de la República, para ser destinado a