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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (23/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Domingo 23 de agosto de 2020 El Peruano / “Artículo 1.- DEFINICIONES (...) o) APP Personas SUNAT: Al aplicativo desarrollado por la SUNAT que está a disposición en las tiendas virtuales de aplicaciones móviles y que permite a las personas naturales la realización de operaciones telemáticas con la SUNAT, previa descarga e instalación, a través de cualquier dispositivo móvil cuyo sistema operativo permita utilizar alguna o todas sus funcionalidades. p) Clave SOL : Al texto conformado por números y/o letras, de conocimiento exclusivo del usuario, que asociado al código de usuario o al número del documento nacional de identidad (DNI), según corresponda, otorga privacidad en el acceso a SUNAT Operaciones en Línea, a que se re fiere el inciso e) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N.º 109-2000/SUNAT. q) Código de Usuario : Al texto conformado por números y/o letras que permite identi ficar al usuario que ingresa a SUNAT Operaciones en Línea, a que se re fiere el inciso d) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N.º 109-2000/SUNAT. r) Veri ficación biométrica dactilar remota: Al procedimiento informático que permite identi ficar a un sujeto a partir de su huella dactilar. Dicho servicio es proporcionado por el Registro Nacional de Identi ficación y Estado Civil - RENIEC.” “ANEXO N.º 1-D INSCRIPCIÓN EN EL RUC Y OBTENCIÓN DE LA CLAVE SOL A TRAVÉS DE SUNAT VIRTUAL O DEL APP PERSONAS SUNAT Para inscribirse en el RUC y convertirse en usuario de SUNAT Operaciones en Línea, las personas naturales a que se re fiere el numeral 5.3 del primer párrafo del artículo 5 deben: a) Ingresar a SUNAT Virtual y seleccionar la opción “centro de servicios virtual” o al APP Personas SUNAT. b) Ubicar la opción “Inscríbete en el RUC” e ingresar el número de su DNI. c) Para la veri ficación de su identidad, cumplir con la verificación biométrica dactilar remota siguiendo las indicaciones del sistema. Dicha veri ficación permite obtener del RENIEC los datos de identi ficación relativos a sus apellidos y nombres, fecha de nacimiento y sexo. d) Ingresar o seleccionar los siguientes datos: Nº DATOS INFORMACIÓN A INGRESAR O SELECCIONAR 1 ACTIVIDAD ECONÓMICA PRINCIPALLa actividad económica que realizará en función del código de la lista de la Clasi ficación Industrial Internacional Uniforme que está a disposición en SUNAT Virtual.2 RÉGIMEN TRIBUTARIODe corresponder, seleccionar el régimen tributario respectivo. 3 PROFESIÓN U OFICIODe corresponder, el código de la profesión u o ficio respectivo. 4 ALTA DE TRIBUTOS El(los) motivo(s) por el(los) cual(es) se realiza la inscripción, a consecuencia de lo cual se da el alta del impuesto a la renta de primera, segunda, tercera (Régimen General, Régimen Especial o Régimen MYPE Tributario) y/o cuarta categoría y/o Nuevo Régimen Único Simpli ficado, según corresponda. El alta del impuesto general a las ventas se realizará de acuerdo a la renta respectiva. 5 FECHA DE INICIO DE ACTIVIDADESLa fecha desde la que iniciará sus actividades económicas. 6 DATOS DEL DOMICILIO FISCALLa información solicitada por el sistema respecto a la ubicación del domicilio fiscal, sin perjuicio de la verificación posterior que efectúe la SUNAT. 7 CONDICIÓN DEL DOMICILIO FISCALLa condición del inmueble declarado como domicilio fiscal (alquilado, propio, cedido en uso u otro). 8 CORREO ELECTRÓNICOUn correo electrónico. 9 TELÉFONO MÓVILUn número de teléfono celular. 10 CLAVE SOL Una contraseña, la cual será la clave SOL para ingresar a SUNAT Operaciones en Línea. Si el sistema detecta inconsistencias en la información ingresada en un campo determinado, no permitirá que se continúe con el trámite. De no existir inconsistencias, se da por concluido el trámite, otorgándose el número de RUC correspondiente y generándose la clave SOL, luego de lo cual se remite al correo electrónico declarado por el sujeto el Comprobante de Información Registrada (CIR). El CIR contiene la información proporcionada, así como aquellos datos obtenidos del RENIEC, indicándose que el sujeto debe usar su DNI como código de usuario. El nombre comercial, la actividad de comercio exterior, el alta de tributos adicionales a los que figuran en el CIR, el representante legal designado por el sujeto, las exoneraciones de tributos, inafectaciones de tributos que figuran en el CIR y/o los establecimientos anexos que tenga el sujeto al momento de su inscripción deben ser proporcionados a la SUNAT dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes al de la inscripción, en los centros de servicios al contribuyente, a través de SUNAT Virtual o el canal telefónico, de corresponder.” 1.2 Modi fi case el epígrafe, el primer y segundo párrafos del artículo 5, el inciso l) del artículo 24 y la décimo segunda disposición fi nal de la Resolución de Superintendencia N.º 210-2004/SUNAT, en los términos siguientes: “Artículo 5.- LUGARES Y MEDIOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL RUC Y, DE SER EL CASO, PARA CONVERTIRSE EN USUARIO DE SUNAT OPERACIONES EN LÍNEA La inscripción en el RUC puede realizarse por los siguientes medios: 5.1. En forma presencial, en los centros de servicios al contribuyente de la SUNAT. 5.2. A través de SUNAT Virtual, cuando se trate de las personas naturales con o sin negocio que cuenten con