Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2020 (23/08/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 23 de agosto de 2020 /

El Peruano

proveer igualdad en las oportunidades que les permitan desarrollarse con independencia e integridad" (Lineamiento 43) y la "Articulación vertical entre niveles de gobierno e institucional y sectorial a favor de los derechos de poblaciones vulnerables" (Lineamiento 45); Que, con Oficio N° D00148-2019-GRC-GRDS, de fecha 09 de Diciembre de 2019, el Gerente Regional de Desarrollo Social, remite el Informe N° D0000132019-GRC-SGAP-LVA, de fecha 19 de noviembre de 2019, solicitando se efectúe el trámite para la emisión de una Ordenanza Regional con la cual se constituya el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Cajamarca (CCONNA), en atención a que la participación es un derecho y un proceso que les permite a las niñas, niños y adolescentes ser actores de su desarrollo personal y social. Ello implica el ejercicio del derecho a ser informado, emitir opinión, ser escuchado, organizarse e incidir en las decisiones que se toman en temas que le involucran o interesan, teniendo en cuenta siempre los principios de no discriminación, la autodeterminación progresiva y el interés superior del niño, por lo que recomienda proseguir con el trámite respectivo para la aprobación de Conformación del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA), razón por la que solicita se efectúe el trámite para su creación; Que, con Oficio N° D000007-2020-GRC-GRDS, de fecha 07 de Enero de 2020, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, solicita se integre el Informe N° D0000252019-GRC-SGAP-LVA, de fecha 18 de diciembre de 2019, emitido por la Especialista en Protección Social ­ Sub Gerencia de Asuntos Poblacionales, en el que indica que el CCONNA está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador, lo cuales cumplen función determinante dentro del referido Consejo, recomendando la integración de lo informado con la solicitud de creación del CCONNA; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 03 de Febrero del año en curso, y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por las Leyes N° 27902, 28013, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 007-2016­GR.CAJ-CR, por unanimidad del Pleno aprobó lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: APROBAR la creación del CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (CCONNA) DE LA REGIÓN CAJAMARCA, como un espacio de participación de carácter consultivo elegido democráticamente a nivel regional y local, que tiene como finalidad proponer, coordinar y participar en la formulación de políticas públicas regionales, sobre infancia y adolescencia; teniendo como funciones: · Elaborar y presentar propuestas de políticas en materia de infancia y adolescencia ante la Presidencia Regional. · Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de políticas sobre infancia y adolescencia. · Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas aplicadas por las instituciones u organismos que trabajen temas de niñez y adolescencia en el país. · Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social. · Representar a las niñas, niños y adolescentes de la Región Cajamarca ante las autoridades e instituciones locales, regionales y nacionales cuando sean requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia. · Ser voceros ante el resto de la población de niños, niñas y adolescentes Segundo: ESTABLECER que el CCONNA está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador, los cuales cumplen una función determinante

dentro de este Consejo, cuyo propósito es representar el pensamiento y opinión de las niñas, niños y adolescentes de los diferentes sectores de la región y que generen propuestas, ideas o soluciones que orienten el desarrollo integral de las personas. Tercero: ESTABLECER que la Asamblea General está constituida por 26 (veintiséis) representantes elegidos de los CCONNAs de las 13 provincias de la Región (Cajamarca, Cajabamba, Celendín, Chota, Contumazá, Cutervo, Hualgayoc, Jaén, San Ignacio, San Marcos, San Miguel, San Pablo y Santa Cruz), sus edades oscilan entre diez (10) y diecisiete (17) años; sesionarán como mínimo dos veces al año según convocatoria que efectúe el Equipo Coordinador a requerimiento de la Asamblea, sin afectar las acciones educativas de sus miembros; la Asamblea tiene como funciones: · Representar a las niñas, niños y adolescentes de la región Cajamarca, sin excepción alguna. · Vigilar el cumplimiento de las funciones del CCONNA. · Crear comisiones de trabajo para aquellos asuntos que el CCONNA estime pertinente. · Aprobar el plan de trabajo anual. · Solicitar información que crea oportuna a la Comisión Multisectorial de implementación de acciones de PNAIAPlan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia, a través del Equipo Coordinador. · Generar mecanismos, medios o instrumentos que permitan una convivencia democrática, solidaria y de respeto para garantizar un clima armonioso. · Apoyar el proceso de transferencia de información a los nuevos integrantes del CCONNA. · Al finalizar el período, presentará un balance de la gestión realizada. Cuarto: ESTABLECER que el Equipo Coordinador será elegido en Asamblea General entre los representantes titulares de las trece provincias de la Región Cajamarca y estará integrado por: · Coordinador/a General. · Sub Coordinador/a. · Coordinador/a de Actas. · Coordinador/a de Organización. El Equipo Coordinador tendrá como funciones: · Garantizar que la Asamblea General, como espacio de decisiones, sea participativa, democrática, concertada e inclusiva. · Gestionar ante las instancias correspondientes las iniciativas y propuestas que se den al interior del CCONNA. · Representar al CCONNA ante cualquier espacio que lo requiera. · Elaborar los informes que le requiera el CCONNA. · Consultar a los integrantes del CCONNA sobre los asuntos que por su relevancia no puedan ser tratados exclusivamente por el Equipo Coordinador, estableciendo los plazos para sus respuestas. · Sistematizar la información que cada integrante del CCONNA proponga. · Elaborar y representar ante la Asamblea General el plan de trabajo anual para su aprobación. · Vigilar el cumplimiento del Plan de Trabajo aprobado por la Asamblea. · Otras funciones que decida la Asamblea General. Quinto: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación de la presente Ordenanza, efectuando las acciones necesarias para tal fin. Sexto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca. gob.pe). Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cajamarca para su promulgación.

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