Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2020 (27/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 27 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES

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Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, para la contratación de bienes y servicios necesarios y complementarios con la finalidad de continuar con la implementación de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2020-MIDIS Lima, 26 de agosto de 2020 VISTO: El Memorando N° 186-2020-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° 55-2020-MIDIS/ VMPES/DGIPAT, emitido por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; el Memorando N° 512-2020-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 131-2020-MIDIS/VMPES/ DGIPAT/DAT, emitido por la Dirección de Articulación Territorial; el Informe N° 088-2020-MIDIS/SG/OGPPM/ OP, emitido por la Oficina de Presupuesto; y, el Informe N° 254-2020-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 285-2019-MIDIS, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, correspondiente al Año Fiscal 2020; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, establece una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 095-2020, Decreto de Urgencia que aprueba Intervenciones Temporales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el Año 2020 frente a la pandemia del COVID-19, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 33 883 445,00 (TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, asignándose a la Unidad Ejecutora 001 Sede Central ­ MIDIS, la suma de S/ 29 568 385,00 (VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para la contratación de bienes y servicios necesarios y complementarios con la finalidad de continuar con la implementación de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, creada en el marco de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020; Que, el numeral 8.6 del artículo 8° del Decreto de Urgencia N° 095-2020, autoriza al Ministerio de

Desarrollo e Inclusión Social a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales definidos principalmente por tamaño de población, para financiar las acciones vinculadas a la continuidad de la implementación de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, en el marco de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 026-2020. Dichas transferencias financieras se aprueban mediante Resolución de la Titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS, modificado con Decreto Supremo N° 008-2020-MIDIS, se establece el diseño de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, con el propósito de articular el trabajo territorial entre los diferentes sectores y niveles de gobierno para el seguimiento nominal y la atención oportuna de la población objetivo, en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control del coronavirus (COVID-19); Que, mediante Resolución Ministerial N° 066-2020-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 005-2020-MIDIS denominada "Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19", con el objetivo de establecer el funcionamiento de la Red de Soporte, que articula el trabajo territorial entre los diferentes sectores y niveles de gobierno para el seguimiento nominal y la entrega de paquete de servicios priorizado de la población objetivo; en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control de la infección por coronavirus (COVID-19); Que, mediante Resolución Viceministerial N° 001-2020-MIDIS/VMPES, se aprueba el "Manual para la implementación a nivel local de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, para la prevención y control del COVID-19", con el objetivo de establecer las pautas que deben seguir los Gobiernos Locales para la implementación de la "Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo (PAMAR) y la Persona con Discapacidad Severa (PcDS)", en cumplimiento al Decreto de Urgencia Nº 026-2020 y Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS; Que, posteriormente, con Decreto Supremo N° 010-2020-MIDIS, se aprueban los Lineamientos para la implementación de las intervenciones temporales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2020 frente a la pandemia del COVID-19, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 095-2020, los cuales se encuentran referidos, entre otros, a la continuidad de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa; Que, mediante el Informe N° 55-2020-MIDIS/ VMPES/DGIPAT, la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial sustenta y propone la transferencia financiera al Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar las acciones vinculadas con la continuidad de la implementación de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, en el marco de lo dispuesto en el numeral 8.6 de artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 095-2020, lo cual cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de acuerdo con lo expresado en el Memorando N° 186-2020-MIDIS/ VMPES; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Presupuesto, en el Memorando N° 512-2020-MIDIS/SG/OGPPM e Informe N° 088-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OP, respectivamente, emiten opinión favorable a la propuesta de transferencia

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