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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (27/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2020 / El Peruano Donaciones y Transferencias y, Partida de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital, hasta por la suma de S/ 13 171 154,80 (TRECE MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO Y 80/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS TACNA S.A., destinados única y exclusivamente al fi nanciamiento de la ejecución y supervisión de obra de la inversión IOARR con CUI Nº 2471530 “Reparación de Colector Primario y Conexiones Domiciliarias; Construcción de Colector Primario y Colector Secundario; en el(la) Servicio de Alcantarillado Distrito de Tacna, Provincia Tacna, Departamento Tacna”, para lo cual se cuenta con el respectivo convenio suscrito entre las partes; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 13 171 154,80 (TRECE MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO Y 80/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS TACNA S.A., destinados para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorízase una Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A.–EPS TACNA S.A., hasta por la suma de S/ 13 171 154,80 (TRECE MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO Y 80/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinados única y exclusivamente al fi nanciamiento de la ejecución y supervisión de obra de la inversión IOARR con CUI Nº 2471530 “Reparación de Colector Primario y Conexiones Domiciliarias; Construcción de Colector Primario y Colector Secundario; en el(la) Servicio de Alcantarillado Distrito de Tacna, Provincia Tacna, Departamento Tacna”. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional Modi fi cado para el Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Partida de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital.Artículo 3.- Limitación al uso de los recursosLos recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para lo cual se realiza la presente Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019. Artículo 5.- Información La Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A.– EPS TACNA S.A., informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre los avances físicos y fi nancieros de los recursos transferidos, en el marco del convenio suscrito por las partes. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1880011-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Aprueban la Directiva D-006-2020- SUTRAN/06.1.2-002 V01 “Directiva para la fiscalización de los Centros de Inspección Técnico Vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° D000037-2020-SUTRAN-SP Lima, 14 de agosto del 2020VISTOS: El Informe N° D000253-2020-SUTRAN-GAT de la Gerencia de Articulación Territorial, el Memorando N° D000860-2020-SUTRAN-GSF de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° D000520-2020-SUTRAN-GPS de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, el Informe Nº D000027-2020-SUTRAN-SGN de la Subgerencia de Normas, los Memorandos Nº D000121-2020-SUTRAN-GEN y N° D000136-2020-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Memorando N° D000974-2020-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº D000123-2020-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº D000272-2020-SUTRAN-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000247-2020-SUTRAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas,