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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 150

150 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 / El Peruano por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y recomienda la aprobación y publicación de los indicadores de brechas modi fi cados; Que, con Memorándum N o 2094-2020-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el Informe N° 616-2020-MTC/09.02 de su O fi cina de Inversiones, mediante el cual sustenta y propone la modi fi cación de la denominación de un (01) Indicador de Brecha, la modi fi cación en el nivel de desagregación de cinco (05) Indicadores de Brechas y la modi fi cación en la unidad de medida de cinco (05) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones; Que, en ese sentido, es necesario aprobar la modi fi cación de la denominación de un (01) Indicador de Brecha, la modi fi cación en el Nivel de Desagregación de cinco (05) Indicadores de Brechas y la modi fi cación en la Unidad de Medida de cinco (05) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones, aplicables a las entidades de los tres niveles de gobierno, para la elaboración del diagnóstico de brechas, que se enmarquen en la Responsabilidad Funcional 0015 Transportes y 0016 Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N o 1252, aprobado por Decreto Supremo No 242-2018-EF; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No 284-2018-EF; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de la denominación de un (01) Indicador de Brecha, la modi fi cación en el Nivel de Desagregación de cinco (05) Indicadores de Brechas y la modi fi cación en la Unidad de Medida de cinco (05) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo aprobado en su artículo 1, a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo aprobado en su artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1916496-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1054-2020-MTC/01 Lima, 30 de diciembre de 2020VISTOS: El O ficio SIED Nº 183-2020/GG/ENAPU de la Empresa Nacional de Puertos S.A.; el Memorándum Nº 5497-2020-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, el Memorándum Nº 2172-2020-MTC/09 de la O ficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 56 del Decreto de Urgencia Nº 014- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar transferencias financieras, durante el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPU) hasta por la suma de S/ 23 983 266,00 (VEINTITRÉS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS 00/100 SOLES), a fin de continuar con el financiamiento de inversiones en el Terminal Portuario de Ilo hasta por la suma de S/ 12 653 440,00 (DOCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), y en el Terminal Portuario de Iquitos hasta por la suma de S/ 11 329 826,00 (ONCE MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 SOLES); y se dispone que las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, previa suscripción de convenio y previa opinión del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), en el marco de sus competencias, disponiéndose que dicha resolución se publica en el Diario O ficial El Peruano; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Empresa Nacional de Puertos S.A. (en adelante, ENAPU S.A.) han suscrito Convenios de Cooperación Interinstitucional con el objetivo de establecer las condiciones y mecanismos para la transferencia de recursos a favor de ENAPU S.A., que permitan el financiamiento y la ejecución de las inversiones de optimización, reposición y rehabilitación en el Terminal Portuario de Ilo y en el Terminal Portuario de Iquitos; Que, mediante O ficio SIED Nº 183-2020/GG/ ENAPU, la Empresa Nacional de Puertos S.A., solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones gestionar una transferencia financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 5 387 069,40 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SESENTA Y NUEVE Y 40/100 SOLES), para el financiamiento de las inversiones (IOARRs) con código único Nº 2424307 “Reparación de Muelle; en el(la) Terminal Portuario de Ilo, Distrito de Ilo, Provincia de Ilo, Departamento Moquegua”, y Código Único Nº 2301232 “Mejoramiento del Servicio de Embarque y Desembarque de Pasajeros en el Terminal Portuario de Iquitos, Distrito de Villa de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”; Que, con Memorándum Nº 5497-2020-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, remite el Informe Nº 555-2020-MTC/19.01 de su Dirección de Gestión de Infraestructura y Servicios de Transportes, mediante el cual, en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscritos entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y ENAPU S.A., que establece las condiciones y los mecanismos para la transferencia de recursos a favor de ENAPU S.A., que permitan el financiamiento y la ejecución de las Inversiones en los terminales portuarios de Ilo e Iquitos, recomienda gestionar la transferencia financiera solicitada por ENAPU S.A., hasta por la suma de S/ 5 387 069,40 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SESENTA Y NUEVE Y 40/100 SOLES); Que, con O ficio SIED Nº 524-2020/DE/FONAFE, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, emite opinión favorable respecto a la transferencia de recursos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de ENAPU S.A., para financiar las inversiones en los puertos de Ilo e Iquitos; Que, mediante Memorándum Nº 2172-2020-MTC/09, la O ficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, remite y hace suyo el Informe Nº 645-2020-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone, en el marco de lo establecido en el artículo 56 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, un proyecto de resolución ministerial que aprueba una Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 5 387 069,40 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS