Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 164

164 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 / El Peruano la Ley de Contrataciones del Estado vigente. En caso de las Contrataciones Directas por desabastecimiento y emergencia, de ser necesario prestaciones adicionales, se requiere previamente la emisión de un nuevo acuerdo o resolución que las apruebe. i) Resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual provenientes de los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los resultantes de las Contrataciones Directas, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. j) Otorgar a los contratistas la respectiva constancia de prestación de los contratos derivados de los procedimientos de selección constituidos en el marco del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado vigente. k) Aprobar la estandarización de bienes y servicios, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. l) Autorizar la participación y contratación de expertos independientes para apoyar o integrar los Comités de Selección. m) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción, así como gestionar las publicaciones, pedidos de información, consultas y demás actos vinculados a los procedimientos de selección, que resulte necesario realizarse o formularse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, la Contraloría General de la República u otras entidades públicas, así como a participantes, postores y/o contratistas o terceros particulares. n) Aprobar la contratación de bienes y servicios, según los requerimientos de las unidades orgánicas de DEVIDA Sede Central, de los supuestos excluidos del ámbito de aplicación del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, veri fi cando la observancia de todos los principios contenidos en la normativa de contrataciones y probidad de la función pública vigentes. o) Aprobar los expedientes de contratación sujetos al método especial de contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, suscribir y resolver contratos, aprobar la oferta económica que supere el valor estimado, así como resolver solicitudes de ampliación de plazo, por montos mayores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. p) Aprobar otras modi fi caciones al contrato, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que la modi fi cación no implique la variación del precio y deriven de hechos sobrevinientes a la presentación de ofertas que no sean imputables a alguna de las partes, permitan alcanzar su fi nalidad de manera oportuna y e fi ciente, y no cambien los elementos determinantes del objeto. q) Suscribir las pólizas de seguros, endosos y cualquier otro documento derivado de contratos de seguros suscritos por DEVIDA. 2.2 En materia de Gestión Administrativa:Efectuar el reconocimiento de deudas y disponer el pago de créditos devengados de ejercicios anteriores; emitiendo, para ello, las correspondientes Resoluciones, conforme a la normatividad de la materia; y, disponiendo el inicio del deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar, de ser el caso. Comparecer ante cualquier autoridad administrativa, municipal, regional así como instituciones bancarias y de seguros estatales y privadas, para realizar cualquier trámite administrativo que se requiera, relacionado a la gestión fi nanciera, de seguros así como del patrimonio mobiliario e inmobiliario de la entidad, suscribiendo la documentación administrativa que sea necesaria en representación de la entidad. Autorizar, los requerimientos, vales provisionales y gastos de fi nitivos derivados del manejo del fondo de Caja Chica asignado para gastos menores de la Alta Dirección, para su posterior cancelación por el responsable del Fondo de caja chica de la entidad.Artículo 3.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA o quien haga sus veces, las siguientes facultades: 3.1 En materia de contrataciones del EstadoSuscribir y resolver las órdenes de compra, las órdenes de servicio y/o contratos de las contrataciones de bienes y servicios, por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de su transacción, así como resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigentes, de las unidades orgánicas de DEVIDA Sede Central. 3.2 En materia de gestión administrativaa) Suscribir, modi fi car y resolver contratos de locación de servicios y adendas para la contratación de personas naturales para la prestación de servicios de carácter determinado y temporal de manera general, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. b) Suscribir, modi fi car y resolver contratos de locación de servicios suscritos en el marco de la Sexagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 que prorroga la Septuagésima Novena Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 30879 –Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la cual a su vez fue prorrogada por la Quincuagésima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Artículo 4.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA o quien haga sus veces, las siguientes facultades: 4.1 En materia de Recursos Humanosa) Suscribir los contratos y sus adendas, así como comunicar la no prórroga o la no renovación, en el marco del régimen de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. b) La suscripción de convenios y adendas en el marco de las normas que regulan las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público. c) La suscripción de convenios y adendas de Cooperación Interinstitucional de Destaque entre la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA con Entidades Públicas Nacionales, en materia relacionada a recursos humanos. d) Suscribir contratos con Entidades Prestadoras de Salud – EPS, adendas renovaciones u otros derivados del mismo. Artículo 5.- DELEGAR en el/la Director/a de Articulación Territorial de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, las siguientes facultades: 5.1. En materia de gestión administrativaAutorizar la contratación de servicios en el marco de la Sexagésima Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 31084 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, que prorroga la Septuagésima Novena Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la cual a su vez fue prorrogada por la Quincuagésima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 6.- DELEGAR en los Jefes de las O fi cinas Zonales de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, en cuyos ámbitos se ejecuta