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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 159

159 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 El Peruano / la modi fi cación y recti fi cación de partidas registrales, presentar desistimientos, entre otros. c) Suscribir, en representación de la Biblioteca Nacional del Perú, las solicitudes de aplicación de sanción ante el Tribunal de Contrataciones del Estado; así como todo tipo de documentos (Registro de contacto autorizado Servicio Móvil, Formato de líneas y/o servicios adicionales relacionados a contratos corporativos, entre otros) vinculados estrictamente a servicios que se brindan a la Biblioteca Nacional del Perú, así como a las cesiones en uso de la misma. d) Actuar en representación de la Biblioteca Nacional del Perú ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT, para ejercer las gestiones, autorizar los asuntos en temas tributarios y aduaneros; y, suscribir documentos, o fi cios y escritos ante la citada entidad. e) Suscribir, en representación de la Biblioteca Nacional del Perú todo escrito y recurso administrativo que se requiera para la correcta administración de los bienes muebles e inmuebles de la entidad, ante municipalidades u otros organismos del estado. f) Suscribir en representación de la Biblioteca Nacional del Perú los acuerdos de uso de los ambientes o espacios. g) Aprobar los actos de administración, disposición, adquisición, servidumbre, registro y supervisión de los bienes muebles e inmuebles, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales y del Sistema Nacional de Abastecimiento. h) Aprobar los castigos directos e indirectos de las cuentas de cobranza dudosa, prescritos en el Instructivo N° 3 “Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables”, aprobado por Resolución de Contaduría N° 067-97-EF-93.01 y modi fi catorias. 2.4 En materia de Recursos Humanos:a) Suscribir en representación de la Biblioteca Nacional del Perú los contratos de trabajo de las personas que se incorporan a la Entidad bajo la contratación administrativa de servicios, los convenios para prácticas profesionales y pre profesionales, así como las adendas, modi fi caciones y resoluciones a dichos contratos y convenios. b) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, encargo de funciones y puestos, reconocimiento de remuneraciones, destaques, renovaciones de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, adscritos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, y del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios. c) Aprobar los actos correspondientes al término de la carrera administrativa, culminación de vínculo laboral y aceptación de renuncia, excepto los cargos de con fi anza; así como, el cese por fallecimiento y cese de fi nitivo por límite de edad. d) Suscribir, en representación de la Biblioteca Nacional del Perú, las fi chas, formatos y documentos similares que correspondan a la etapa de ejecución contractual, y que tienen por fi nalidad garantizar la prestación de los servicios de salud y de las Administradoras de Fondos de Pensiones-AFP que hayan sido contratados previamente por la Biblioteca Nacional del Perú. e) Suscribir los convenios interinstitucionales con entidades públicas y/o privadas vinculadas a Bienestar Social de los trabajadores de la Biblioteca Nacional del Perú, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público para el Año Fiscal 2021. f) Constituir el Comité Electoral para llevar a cabo el proceso de elección de los representantes de los trabajadores del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE. g) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex servidores en materia de personal. h) Elaborar los términos de referencia, suscribir los contratos de locación de servicios, adendas, prórrogas, renovaciones y en general todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley Nº 25650, así como en los “Lineamientos para la Administración de Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público”, en los procesos para la contratación de consultores de la Biblioteca Nacional del Perú, a través del Fondo de Apoyo Gerencial - FAG. i) Suscribir, modi fi car y dejar sin efecto los convenios de prácticas profesionales y pre profesionales. j) Aprobar y modi fi car el Reglamento Interno de Servidores Civiles de la Biblioteca Nacional del Perú, previa coordinación con la Gerencia General. k) Suscribir los documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales con calidad de cosa juzgada, así como medidas cautelares relacionadas con el Sistema Administrativo de Recursos Humanos. Asimismo, los documentos requeridos en el marco del procedimiento de ejecución de mandato administrativo emitido por la Autoridad Nacional de Servicio Civil - SERVIR, o autoridad administrativa competente, que ordenen la reposición o reincorporación de ex servidores, según corresponda. l) Solicitar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, así como suscribir los documentos destinados a la asignación, término de la asignación antes del plazo del contrato por mutuo acuerdo y modi fi cación de los convenios de asignación, de los Gerentes Públicos, y realizar las gestiones administrativas que se deriven de los mismos, en el marco del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024, aprobado con Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM. m) Durante el ejercicio presupuestario 2021, la función de aprobar el rol de vacaciones de los servidores civiles cuyos regímenes laborales se regulen por los Decretos Legislativos Nos. 1057 y 276. n) Conceder licencia sindical a los representantes del sindicato. o) Aprobar o modi fi car el Plan anual de bienestar de la Biblioteca Nacional del Perú y emitir los actos resolutivos para su implementación en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 3.- Delegación de facultades a el/la Jefe/a de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística Deléguese para el año fi scal 2021 en el/la Jefe/a de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística las facultades vinculadas a la administración (emisión y cancelación) de Certi fi cados Digitales, a cargo del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC). Artículo 4.- Delegación de facultades a el/la Director/a de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias Deléguese para el año fi scal 2021 en el/la Director/a de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias, las siguientes facultades y atribuciones: En el marco de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas: a) Aprobar documentos orientadores de alcance nacional destinados a implementar y desarrollar la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, y de los Estándares de Bibliotecas Públicas Municipales. b) Suscribir las Constancias de Inscripción en el Registro Nacional de Bibliotecas. Artículo 5.- Información Semestral Disponer que el/la Gerente/a General, el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración, el/la Jefe/a de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, y el/la Director/a de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias informen semestralmente a el/la Jefe/a Institucional en su condición de Titular de la Entidad, respecto de la delegación de facultades descritas en los artículos 1, 2, 3 y 4 de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 6.- Obligatoriedad de las funciones originarias y delegadas