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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 161

161 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 El Peruano / Que, el numeral 8.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que PERÚ COMPRAS, contando o no con sugerencias y/o recomendaciones, aprobará, mediante Resolución Jefatural, el contenido defi nitivo de la Ficha Técnica de un bien o servicio, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes y su publicación en el Portal de PERÚ COMPRAS; Que, a través del Informe N° 000117-2020-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización señala que evaluó la condición de bienes comunes de los productos de las Fichas Técnicas propuestas para su inclusión en el LBSC, conforme al siguiente detalle: i) se veri fi có la existencia de más de un titular con registro sanitario vigente autorizado para la comercialización de los once (11) productos en evaluación; y, ii) las características de los bienes materia de evaluación han sido estandarizadas como consecuencia de un proceso de homogeneización en base a la información de los registros sanitarios, considerando la normativa sectorial aplicable; en ese sentido, concluye que, los productos objeto de análisis cumplen con la condición de bienes comunes, por lo que recomienda la aprobación de la inclusión de once (11) Fichas Técnicas del rubro de Equipos, accesorios y suministros médicos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, a fi n de contribuir que las entidades realicen contrataciones efi cientes; Que, en el citado informe, la Dirección de Estandarización y Sistematización informa las acciones desarrolladas en cumplimiento de lo dispuesto por los numerales 8.5, 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva; Que, mediante el Informe N° 000270-2020-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, de conformidad con el numeral 110.2 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como lo dispuesto en la versión 3.0 de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, resulta viable la aprobación de la inclusión de las referidas Fichas Técnicas; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Reglamento y modi fi catorias; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 8 y los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar once (11) Fichas Técnicas del rubro de Equipos, accesorios y suministros médicos, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle: N° DENOMINACIÓN DEL BIEN 1SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 0 C/A 1/2 CÍRCULO REDON- DA 30 mm x 70 cm 2SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 0 C/A 1/2 CÍRCULO REDON- DA 40 mm x 70 cm 3SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 1 C/A 1/2 CÍRCULO REDON- DA 30 mm x 70 cm 4SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 1 C/A 1/2 CÍRCULO REDON- DA 35 mm x 70 cm 5SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 1 C/A 1/2 CÍRCULO REDON- DA 40 mm x 70 cm 6SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 2/0 C/A 1/2 CÍRCULO RE- DONDA 25 mm x 70 cmN° DENOMINACIÓN DEL BIEN 7SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 2/0 C/A 1/2 CÍRCULO RE- DONDA 30 mm x 70 cm 8SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 3/0 C/A 1/2 CÍRCULO COR- TANTE 20 mm x 70 cm 9SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 3/0 C/A 1/2 CÍRCULO RE- DONDA 20 mm x 70 cm 10SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 3/0 C/A 1/2 CÍRCULO RE- DONDA 25 mm x 70 cm 11SUTURA ÁCIDO POLIGLICÓLICO 3/0 C/A 1/2 CÍRCULO RE- DONDA 30 mm x 70 cm Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como la O fi cina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.perucompras.gob.pe), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas– PERÚ COMPRAS 1916040-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Delegan facultades en diversos funcionarios de DEVIDA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 130-2020-DV-PE Lima, 29 de diciembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 824 y modi fi cada por las Leyes Nº 27629, Nº 28003 y Decreto Legislativo Nº 1241, se determinaron la naturaleza jurídica y las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, el mismo que determina y regula las competencias, funciones y estructura orgánica de la Institución; Que, el artículo 9 del citado Reglamento dispone que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva, estableciendo que el/la Presidente/a Ejecutivo/a es el/la Titular del Pliego y ejerce funciones ejecutivas y de representación institucional de la Entidad; Que, el literal a) del artículo 10 del mismo Reglamento indica que es función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva, conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, de fi niendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la entidad y representarla en la fi rma de todos los compromisos institucionales, pudiendo delegar esta atribución; mientras que el literal r) del antedicho artículo también establece como función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva el emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a la conducción de la Entidad; Que, asimismo, el literal o) del precitado artículo, señala que, entre sus funciones y/o atribuciones, la