Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2020 (05/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Domingo 5 de enero de 2020 /

El Peruano

De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/ PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, de la señorita Lizzette Jackeline Condor Castillo, del 11 al 18 de enero de 2020, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la Feria Internacional "NEONYT 2020" que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de exportaciones. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Lizzette Jackeline Condor Castillo Pasajes aéreos Clase Económica US$ 1 583,19 Continente Europa Viáticos día US$ 540,00 Nro. días 5 Total Viáticos US$ 2 700,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Lizzette Jackeline Condor Castillo, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1839650-1

CULTURA
Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a personas naturales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 001-2020-MC Lima, 2 de enero de 2020 VISTOS, el Informe Nº D000476-2019-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural, el Informe Nº D000256-2019/DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, así como el Informe Nº D000827-2019-DIA/MC de la Dirección de Artes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17

del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, mediante el artículo 51 del ROF se señala que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país; Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 55 del ROF la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene entre sus funciones emitir opinión técnica y recomendación en el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio; Que, asimismo, el numeral 82.15 del artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes es la unidad orgánica encargada de emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 1072016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante Memorando Nº D000581-2019-DGIA/ MC de fecha 18 de diciembre de 2019, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes traslada el Informe Nº D000827-2019-DIA/MC de fecha 09 de diciembre de 2019 de la Dirección de Artes en mérito al Informe Nº D000476-2019-DGPC/MC de fecha 03 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Cultural que hizo suyo el Informe Nº D000256-2019-DPI/ MC de fecha 02 de diciembre de 2019, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomendó reconocer al señor Víctor Tomairo Ledesma como "Personalidad Meritoria de la Cultura", en mérito a su destacada labor en la promoción, difusión, transmisión y salvaguardia de la danza de tijeras, expresión inscrita en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de Unesco; Que, con lnforme Nº D000078-2019-OGAJ-MVO/MC de fecha 19 de diciembre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando jurídicamente viable la solicitud presentada; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva

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