Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2020 (05/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 5 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 1072016-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Víctor Tomairo Ledesma, violinista tradicional ayacuchano, en mérito a su destacada labor en la promoción, difusión, transmisión y salvaguardia de la danza de tijeras, expresión inscrita en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de Unesco. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura 1842739-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2020-MC Lima, 2 de enero de 2020 VISTOS, el Informe N D000477-2019-DGPC/MC, de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº D000257-2019-DPI/MC, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; el Informe Nº D000300-2019-DGIA/MC, de la Dirección General de Industrias Culturales Artes; el Informe Nº D000870-2019-DIA/MC, de la Dirección de Artes; el Informe Nº D000077-2019-OGAJ-CDR/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del ROF la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país. Entre sus funciones se encuentra la de emitir opinión técnica en su ámbito de competencia, a tenor del numeral 52.12 del artículo 52; Que, el artículo 55 del ROF establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural; Que, por su parte el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF refiere que corresponde a la Dirección General

de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica y recomendación en materia de su competencia, tales como para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 1072016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, a través Informe Nº D000257-2019-DPI/MC de fecha 2 diciembre de 2019, la Dirección de Patrimonio Inmaterial, tomando en consideración el respaldo de la Confederación Nacional de Danzantes de Tijeras y Músicos del Perú, mediante documento recibido el 18 de setiembre de 2019, señaló que el señor Andrés Ramos Tito, danzante de tijeras "Qellopisqo", ha realizado en su extensa trayectoria, de más de 40 años, un aporte significativo al desarrollo cultural del país, contribuyendo con la difusión transmisión y salvaguardia de la danza de tijeras; por lo que recomendó su reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura"; Que, mediante Informe Nº D000477-2019-DGPC/ MC de fecha 3 de diciembre de 2019, la Dirección General de Patrimonio Cultural, en atención al informe precedente, recomendó se otorgue el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Andrés Ramos Tito, por su labor en la promoción, difusión, transmisión y salvaguardia de la danza de tijeras, expresión inscrita en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad; Que, por Informe Nº D000870-2019-DIA/MC de fecha 17 de diciembre de 2019, la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes señaló que el señor Andrés Ramos Tito ha realizado una ardua labor para la promoción y difusión de la danza de tijeras a nivel nacional, encontrándose sustentado el reconocimiento propuesto; Que, por Informe Nº D000077-2019-OGAJ-CDR/MC, de fecha 19 de diciembre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica, concluye que resulta viable otorgar el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Andrés Ramos Tito; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 1072016-MC. SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Andrés Ramos Tito, por su valiosa contribución en la promoción, difusión, transmisión y salvaguardia de la danza de tijeras, expresión inscrita en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura 1842740-1

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