Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2020 (05/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Domingo 5 de enero de 2020 /

El Peruano

a) Ministro/a de Agricultura y Riego, quien lo preside. b) Viceministro/a de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego. c) Viceministro/a de Políticas Agrarias. d) Secretario/a General. e) Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. f) Director/a General de la Oficina General de Administración. g) Director/a General de la Dirección General de Políticas Agrarias. h) Director/a General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas. i) Director/a General de la Dirección General de Articulación Intergubernamental. j) Director/a General de la Dirección General Agrícola. k) Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios. l) Director/a General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego. m) Director/a General de la Dirección General de Ganadería. n) Director/a General de la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural. o) Jefe/a de la Autoridad Nacional del Agua - ANA p) Jefe/a del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA. q) Jefe/a del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA. r) Director/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR. s) Presidente/a Ejecutivo/a de Sierra y Selva Exportadora - SSE. t) Director/a Ejecutivo/a del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL. u) Director/a Ejecutivo/a del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI. v) Jefe/a del Programa de Compensaciones para la Competitividad - AGROIDEAS. Artículo 2.- Funciones El Grupo de Trabajo constituido en el artículo precedente, asume las funciones establecidas en la Ley N° 29664, Ley de creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD, "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM. Artículo 3.- Secretaría Técnica Designar a la Secretaría General del MINAGRI como Secretaría Técnica del GTGRD-MINAGRI, que establece los mecanismos necesarios para el funcionamiento del GTGRD-MINAGRI. Artículo 4.- Implementación y Administración del COE-MINAGRI La Dirección de Gestión del Riesgo y del Diálogo - DIGERID de la Dirección General de Articulación Intergubernamental - DGAI, en adición a sus funciones, es la unidad orgánica responsable de la implementación y administración del Centro de Operaciones de Emergencia del Ministerio de Agricultura y Riego - COE-MINAGRI, debiendo observar para estos efectos las disposiciones establecidas según la normatividad vigente, debiendo reportar periódicamente los avances al GTGRD-MINAGRI. Artículo 5.- Requerimiento de Información Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Resolución Ministerial, la DIGERID de la DGAI, podrá solicitar a los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos especiales del Ministerio de Agricultura y Riego, así como los Organismos Públicos adscritos, la información que requiera el GTGRDMINAGRI. Artículo 6.- Derogación Derogar las Resoluciones Ministeriales N° 0126-2012-

AG, N° 0369-2013-MINAGRI, N° 0543-2014-MINAGRI, N° 0314-2016-MINAGRI y N° 0144-2017-MINAGRI. Artículo 7.- Comunicación Remitir copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para las acciones de coordinación en lo que corresponda como integrantes del SINAGERD; así como a los miembros del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del GTGRD-MINAGRI. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1842706-2

AMBIENTE
Disponen la prepublicación de proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Índices de Nocividad de Combustibles (INC) para el período 2020 - 2021
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 412-2019-MINAM Lima, 31 de diciembre de 2019 VISTOS; el Memorando N° 01181-2019-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00116-2019-MINAM/VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Informe Nº 00627-2019-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en adelante la Ley, toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país; Que, el artículo 3 de la Ley señala que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarias para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en la Ley; Que, asimismo, el literal g) del artículo 11 de la Ley, señala que sin perjuicio del contenido específico de la Política Nacional del Ambiente, el diseño y aplicación de las políticas públicas considera, entre otros lineamientos, la articulación e integración de las políticas y planes de lucha contra la pobreza, asuntos comerciales, tributarios y de competitividad del país con los objetivos de la protección ambiental y el desarrollo sostenible;

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