Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2020 (05/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Domingo 5 de enero de 2020 /

El Peruano

CONTRACTUAL DE CONCESIÓN, que motive la expedición de la presente Resolución Ministerial, en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 00993-EM; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 295, Código Civil, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la cesión de posición contractual de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Subestación Lomera de 220/60/20 kV, que efectúa CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Tener como titular de la concesión definitiva mencionada en el artículo precedente, a CONELSUR LT S.A.C., la que asumirá todos los derechos y obligaciones que constan en el Contrato de Concesión Nº 457-2014 y los que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, por una sola vez y por cuenta de CONELSUR LT S.A.C., dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1841933-3

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-2019-MIMP Lima, 31 de diciembre de 2019 Vistos, el Informe Técnico N° D000017-2019-MIMPOP de la Oficina de Planeamiento y el Memorándum N° D000487-2019-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro

Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ­ SINAPLAN y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, mediante Resolución Ministerial N° 113-2019MIMP se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 ­ 2022 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y modificatorias, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene como objeto establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, señala, entre otros aspectos, que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad. Para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura, la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y de no ser consistente, la entidad ajusta la programación para finalmente obtener el POI Anual; Que, mediante Resolución Ministerial N° 324-2019MIMP se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 ­ PIA 2020 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con Acta N° 004-2019 del 31 de diciembre de 2019, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, constituida con Resolución Ministerial N° 029-2019MIMP, valida la consistencia del POI 2020 con el PIA 2020 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el literal a) del artículo 29 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias, señala que es función de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto dirigir, establecer, supervisar y consolidar el proceso técnico de formulación de los planes estratégicos y operativos, así como coordinar la formulación de los planes nacionales y sectoriales y proyectos del Sector; Que, mediante Memorándum N° D000487-2019MIMP-OGPP del 31 de diciembre de 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Técnico N° D000017-2019-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento, a través del cual se emite opinión favorable para la aprobación del POI 2020 consistente con el PIA 2020 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones

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