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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2020 (05/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Domingo 5 de enero de 2020 / El Peruano CONTRACTUAL DE CONCESIÓN, que motive la expedición de la presente Resolución Ministerial, en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 295, Código Civil, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la cesión de posición contractual de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Subestación Lomera de 220/60/20 kV, que efectúa CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Tener como titular de la concesión de fi nitiva mencionada en el artículo precedente, a CONELSUR LT S.A.C., la que asumirá todos los derechos y obligaciones que constan en el Contrato de Concesión Nº 457-2014 y los que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, por una sola vez y por cuenta de CONELSUR LT S.A.C., dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1841933-3 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-2019-MIMP Lima, 31 de diciembre de 2019Vistos, el Informe Técnico N° D000017-2019-MIMP- OP de la O fi cina de Planeamiento y el Memorándum N° D000487-2019-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, mediante Resolución Ministerial N° 113-2019- MIMP se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 – 2022 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene como objeto establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, señala, entre otros aspectos, que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad. Para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura, la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y de no ser consistente, la entidad ajusta la programación para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, mediante Resolución Ministerial N° 324-2019- MIMP se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 – PIA 2020 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con Acta N° 004-2019 del 31 de diciembre de 2019, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, constituida con Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, valida la consistencia del POI 2020 con el PIA 2020 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el literal a) del artículo 29 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias, señala que es función de la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto dirigir, establecer, supervisar y consolidar el proceso técnico de formulación de los planes estratégicos y operativos, así como coordinar la formulación de los planes nacionales y sectoriales y proyectos del Sector; Que, mediante Memorándum N° D000487-2019- MIMP-OGPP del 31 de diciembre de 2019, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Técnico N° D000017-2019-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, a través del cual se emite opinión favorable para la aprobación del POI 2020 consistente con el PIA 2020 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones