Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2020 (05/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 5 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Asesor de la Alta Dirección de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0002-2020-MINAGRI Lima, 3 de enero de 2020 CONSIDERANDO: Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor de la Alta Dirección de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, resulta necesario designar al servidor/a que se desempeñará en dicho cargo; Con el visto de la Secretaría General, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JOSE LUIS CANORA ESPINOSA en el cargo de Asesor de la Alta Dirección de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1842706-1

Actualizan constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego GTGRD-MINAGRI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0003-2020-MINAGRI Lima, 3 de enero de 2020 VISTOS: El Memorando N° 1850-2019-MINAGRI-SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre actualización de la constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego - GTGRD-MINAGRI y el Informe Legal N° 1265-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres,

aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que "13.4 Los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia. Estos grupos coordinarán y articularán la gestión prospectiva, correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD. Los grupos de trabajo estarán integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes"; Que, el numeral 1 de las Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2012-PCM-SINAGERD "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM, dispone que los titulares de las entidades públicas de nivel nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen los GTGRD mediante la expedición de la resolución o norma equivalente, según corresponda y es presidido por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, función indelegable, e integrado por el Ministro, quien lo preside, los Viceministros, Secretario General, Directores Nacionales o Generales o sus equivalentes, el Jefe de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, el Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional y por el Jefe de la Oficina General de Administración; Que, bajo este marco normativo, por Resolución Ministerial N° 0126-2012-AG, se constituyó el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego - GTGRD-MINAGRI, con la conformación que en ella se señala; posteriormente fue modificada por sucesivas Resoluciones Ministeriales, la última de las cuales es la Resolución Ministerial N° 0144-2017-MINAGRI; Que, por Informe N° 0194-2019-MINAGRI-SG/OGPPODOM, remitido con el Memorando N° 1850-2019-MINAGRISG/OGPP, la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que con el propósito de efectuar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos y acuerdos del GTGRD-MINAGRI y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en la implementación de acciones en materia de gestión del riesgo de desastres por parte de las instancias competentes, propone que la Secretaría General asuma la Secretaría Técnica del referido Grupo de Trabajo; y, considera necesario incorporar en el GTGRD-MINAGRI a la Dirección General de Ganadería y a la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural, quienes no estaban comprendidas en la Resolución Ministerial N° 126-2012-AG y modificatorias; Que, en tal sentido, resulta necesario actualizar la constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego - GTGRD-MINAGRI, acorde a la estructura orgánica vigente del MINAGRI; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección General de Articulación Intergubernamental y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD; el Reglamento de la Ley N° 29664, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Actualización de la constitución del GTGRD-MINAGRI Actualizar la constitución del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura y Riego - GTGRD-MINAGRI, el cual está integrado de la siguiente manera:

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