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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2020 (21/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Martes 21 de enero de 2020 El Peruano / PODER EJECUTIVO AGRICUL TURA Y RIEGO Decreto Supremo que aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA DECRETO SUPREMO N° 001-2020-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2010- AG, modi fi cado y simpli fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nos 0124-2012-AG, N° 0564-2016-MINAGRI, N° 614-2016-MINAGRI y 0025-2019-MINAGRI, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (en adelante, TUPA del SENASA); Que, posteriormente a la aprobación del TUPA del SENASA entró en vigencia el Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba Medidas Adicionales de Simpli fi cación Administrativa, estableciendo el Análisis de Calidad Regulatoria para procedimientos administrativos, así como el reconocimiento de titularidad de registros, certi fi cados, permisos, licencias, autorizaciones y procedimientos administrativos en casos de reorganización de sociedades y cambios de denominación social;Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1353, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la Regulación de la Gestión de Intereses, señala que una de las funciones del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública es la de resolver los recursos de apelación contra las decisiones de las entidades comprendidas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en materia de transparencia y acceso a la información pública, precisando, además que su decisión agota la vía administrativa; Que, de igual manera, entraron en vigor la Decisión 804, que modi fi có la Decisión 436 (Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola) y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINAGRI, que aprobó el Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola; asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 015-2015-MINAGRI, Decreto Supremo que Modi fi ca y Complementa Normas Reglamentarias para Fortalecer el Marco Normativo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, se modi fi caron diversas normas reglamentarias y señala que para el ingreso al país o tránsito internacional de productos de origen vegetal, animal, insumos agropecuarios y alimentos de procesamiento primario y piensos se debe contar con el Reporte de Inspección y Veri fi cación (RIV); Que, también entraron en vigor el Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2012-AG, y el Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2011-AG; Que, el inciso 44.5 del artículo 44 del referido Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, establece que, una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique