Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2020 (21/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Martes 21 de enero de 2020 /

El Peruano

Nacional de Migraciones la invitación a realizar una visita técnica binacional al "Paso Sistema Cristo Redentor", a llevarse a cabo el día 22 de enero de 2020, en los complejos fronterizos "Los Libertadores" ubicado en la región de Valparaíso de la República de Chile y "Los Horcones" en la provincia de Mendoza de la República Argentina; Que, el artículo 170 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que los organismos públicos adscritos al Ministerio del Interior están sujetos a los lineamientos técnicos del Sector Interior, con quien coordinan sus objetivos y estrategias, encontrándose entre ellos, la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Que, a través del Oficio N° 000010-2020MIGRACIONES/MIGRACIONES de fecha 16 de enero de 2020, la Superintendente Nacional de Migraciones propone la participación como representantes de la entidad, del señor Luis Enrique Vílchez Fernández, servidor de la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística y de la señorita Lourdes Yaneth Ayala Chacón, servidora de la Gerencia de Usuarios, en la citada visita; Que, con Informe N° 000032-2020-AJ/MIGRACIONES de fecha 16 de enero de 2020, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Luis Enrique Vílchez Fernández, servidor de la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística y de la señorita Lourdes Yaneth Ayala Chacón, servidora de la Gerencia de Usuarios de la Superintendencia Nacional de Migraciones, del 21 al 23 de enero de 2020, a los complejos Fronterizos "Los Libertadores" ubicado en la región de Valparaíso de la República de Chile y "Los Horcones" en la provincia de Mendoza de la República Argentina, para que participen de la visita antes indicada, la cual se constituye en cumplimiento de la Hoja de Ruta Implementación del Sistema de Control Migratorio Simplificado, con el objetivo de conocer y validar el funcionamiento del Sistema de Control Migratorio Simplificado; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación de los mencionados comisionados en la visita indicada se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta) e impuestos de viaje son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme lo precisa el Memorando N° 000139-2020-PP/ MIGRACIONES de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Que, el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en su artículo 11 establece que "11.1. Durante el Año Fiscal 2020, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto

de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN y su modificatoria. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Luis Enrique Vílchez Fernández, servidor de la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística y de la señorita Lourdes Yaneth Ayala Chacón, servidora de la Gerencia de Usuarios de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del 21 al 23 de enero de 2020, a los complejos Fronterizos "Los Libertadores" ubicado en la región de Valparaíso de la República de Chile y "Los Horcones" en la provincia de Mendoza de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Pasajes aéreos Viáticos 937,61 X 370,00 X 02 Días X X Personas 2 2 = = Total US$ 1 875,22 1 480,00

Artículo 3.- Disponer que el personal cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1847213-1

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