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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2020 (21/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Martes 21 de enero de 2020 / El Peruano MIEMBROS SUPLENTES 1. LESSLIE DEL PILAR MALABRIGO MUJICA Suplente del Presidente 2. JORGE ANTONIO CHACON SILVA Suplente del 1er. Miembro 3. DEAN CÉSAR RICANQUI MARTÍNEZ Suplente del 2do. Miembro Artículo 4.- Designar el Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la Empresa Privada fi nancista y/o ejecutora, así como de la entidad privada supervisora en el marco del TUO de la Ley N° 29230 y su Reglamento, del Proyecto de Inversión “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INTEGRADA PUMAMARCA DEL DISTRITO DE TAMBOBAMBA - PROVINCIA DE COTABAMBAS - DEPARTAMENTO DE APURIMAC” con código único de inversiones N° 2291816, incorporado, mediante el artículo 1 de la presente Resolución, en Listado de Proyectos Priorizados por el Ministerio de Educación, el cual está integrado por los siguientes profesionales: MIEMBROS TITULARES 1. VERÓNICA MARITZA TREJO GUIMARAY Presidente 2. EDUARDO GONZALO CALVO ZEVALLOS Primer Miembro 3. MIGUEL ALONSO PINEDO AREVALO Segundo Miembro MIEMBROS SUPLENTES 1. LESSLIE DEL PILAR MALABRIGO MUJICA Suplente del Presidente2. JORGE ANTONIO CHACON SILVA Suplente del 1er. Miembro 3. DEAN CÉSAR RICANQUI MARTÍNEZ Suplente del 2do. Miembro Artículo 5.- Dejar sin efecto el artículo 1 de las Resolución Viceministeriales N° 019-2016-MINEDU, modi fi cada por Resoluciones Viceministeriales Nos. 022 y 253-2007-MINEDU y Resolución Ministerial N° 084-2019-MINEDU, a través de las cuales se conformó el Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la empresa privada fi nancista y/o ejecutora, así como de la entidad privada supervisora, del proyecto de inversión “Mejoramiento del servicio educativo del instituto de educación superior tecnológico público de Omate, centro poblado de Cogri, distrito de Omate, provincia General Sánchez Cerro, región Moquegua, con código uni fi cado N° 2160738. Artículo 6.- Dejar sin efecto el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 177-2017-MINEDU, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 084-2019-MINEDU, a través de las cuales se designó al Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la empresa privada fi nancista y/o ejecutora, así como de la entidad privada supervisora, del proyecto de inversión “Mejoramiento del servicio educativo de nivel inicial y primaria de la I. E. N 7226-562 Jose Olaya Balandra en el distrito de Villa Maria del Triunfo, provincia Lima, departamento de Lima”, con código uni fi cado N° 2259471. Artículo 7.- Remitir la presente Resolución Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a efecto que publique la lista de proyectos priorizados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento del TUO de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 295-2018-EF. Artículo 8.- Noti fi car la presente resolución a los integrantes de los Comités Especiales designados para el inicio de las funciones correspondientes a la fase de actos previos y/o el proceso de selección, y para los demás fi nes de ley. Artículo 9.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1847569-1Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Pliego 010: Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 035-2020-MINEDU Lima, 17 de enero de 2020VISTOS, el Expediente UPP2020-INT-0002325, el Informe N° 00007-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, y el O fi cio N° 00015-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestales correspondientes; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, mediante Resolución Ministerial N° 737- 2018-MINEDU se aprueba el Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019 – 2022; Que, conforme a la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD, 00053-2018/CEPLAN/PCD y 00016-2019/CEPLAN/PCD, el Plan Operativo Institucional – POI es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identi fi cación de la estrategia institucional; Que, en el numeral 4.2 de la citada Guía se señala que el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad; además, podrá conformar un equipo técnico integrado por representantes de los miembros de la Comisión. La mencionada Comisión tiene por función, entre otras, validar el documento del PEI y POI; Que, en el numeral 6.2 de la referida Guía se establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, luego de aprobado la Ley Anual de Presupuesto y que cada Pliego apruebe el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA; asimismo, se dispone que el POI anual comprenderá la programación física y fi nanciera de las Actividades Operativas e Inversiones priorizadas en forma mensual; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 675- 2018-MINEDU, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo