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19 NORMAS LEGALES Lunes 3 de febrero de 2020 El Peruano / SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC a favor de seis (06) pliegos del Gobierno Nacional, de cinco (05) Gobiernos Regionales y de sesenta (60) Gobiernos Locales, para fi nanciar quinientos sesenta y seis (566) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para la continuidad de la Reconstrucción con Cambios, en las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 49.6 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y en la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; DECRETA:Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 1 355 767 769,00 (MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC a favor de seis (06) pliegos del Gobierno Nacional, de cinco (05) Gobiernos Regionales y de sesenta (60) Gobiernos Locales, para fi nanciar quinientos sesenta y seis (566) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para la continuidad de la Reconstrucción con Cambios, a que hace referencia el numeral 49.6 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de MinistrosUNIDAD EJECUTORA 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5006263 : Fondo para la continuidad de la Reconstrucción con Cambios FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias 673 270 383,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias 682 497 386,00 ---------------------- TOTAL EGRESOS 1 355 767 769,00 ============= A LA: En SolesSECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGOS : Gobierno NacionalFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 243 226 674,002.5 Otros Gastos 2 130 944,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 284 421 496,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de CréditoGASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 410 581 696,00 --------------------- Sub Total Gobierno Nacional 940 360 810,00 --------------------- SECCION SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.3 Bienes y Servicios 1 438 150,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 55 134 085,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 229 921 122,00 --------------------- Sub Total Gobiernos Regionales 286 493 357,00 --------------------- SECCION SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 337 118,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 86 581 916,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 41 994 568,00 ----------------------- Sub Total Gobiernos Locales 128 913 602,00 ----------------------- TOTAL EGRESOS 1 355 767 769,00 ============= 1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el numeral 1.1, se encuentra en el Anexo Nº 1: “Transferencia de Partidas a favor de los pliegos del Gobierno Nacional, de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales – Recursos Ordinarios” y el Anexo Nº 2: “Transferencia de Partidas a favor de los pliegos del Gobierno Nacional, de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales - Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito”, que forman parte integrante de la presente norma, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades