Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2020 (04/02/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 11
El Peruano / Martes 4 de febrero de 2020
NORMAS LEGALES
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se ha procedido con la reprogramación y/o priorización de las actividades operativas del Plan Operativo Institucional del Año Fiscal 2020, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura, por lo que se considera viable la aprobación del Plan Operativo Institucional 2020 Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, con el Memorándum Nº 00017-2020-MINEDU/ SPE, la Secretaría de Planificación Estratégica informa que la propuesta del Plan Operativo Institucional 2020 Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educación cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, que consta en el Acta de Reunión, de fecha 27 de enero de 2020; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educación, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, a través de la Unidad de Planificación y Presupuesto, es el órgano encargado de efectuar el respectivo seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional 2020 Modificado, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Durante la etapa de ejecución, las actividades operativas aprobadas no constituyen por sí solas, sustento suficiente para ser ejecutadas, debiéndose observar para su cumplimiento, los requisitos esenciales y las formalidades establecidas por la normatividad vigente. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1851901-1
de Financiamiento y Planes de Salud del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú SALUDPOL y el Informe N° 000175-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 0296-2019-IN-SALUDPOL-GG de fecha 30 de diciembre de 2019, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú SALUDPOL, autorizó el financiamiento del tratamiento médico altamente especializado en el extranjero del Suboficial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú (R) Alfredo Ampuero Del Río, a realizarse en el UC San Diego Health de la ciudad de San Diego, Estado de California de los Estados Unidos de América, por la suma de US$ 281 250,00 (Doscientos ochenta y un mil doscientos cincuenta con 00/100 dólares americanos); Que, de acuerdo a lo informado por el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú SALUDPOL mediante Informe Técnico N° 008-2020-SALUDPOL-GG-DFPS/DGFO de fecha 20 de enero de 2020, se concluye que se debe autorizar el viaje a la ciudad de San Diego, Estado de California de los Estados Unidos de América para realizar el tratamiento del Suboficial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú (R) Alfredo Ampuero Del Río, del 04 de febrero al 03 de agosto de 2020, de acuerdo a lo indicado en el Oficio N° 016-2020-SALUDPOL-GG/DFPS; Que, con Oficio N° 008-2020-SALUDPOL-GG/ DFPS de fecha 20 de enero de 2020, la Dirección de Financiamiento y Planes de Salud del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú SALUDPOL, traslada a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú el expediente administrativo del Suboficial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú (R) Alfredo Ampuero Del Río, quien viajará a la ciudad de San Diego, Estado de California de los Estados Unidos de América, con el fin de recibir tratamiento médico altamente especializado en el UC San Diego Health, por lo que solicita se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior del citado Suboficial; Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Suboficial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú (R) Alfredo Ampuero Del Río, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar del personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y compensación extraordinaria, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 0265-2020-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEP.PRE y el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú SALUDPOL, conforme se acredita con el Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000527-2020, respectivamente; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: (...) Tratamiento Médico Altamente Especializado"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en su artículo 11 establece que "11.1. Durante el Año Fiscal 2020, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo
INTERIOR
Autorizan viaje de Suboficial Técnico de Segunda de la PNP a EE.UU., por tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 113-2020-IN Lima, 3 de febrero de 2020 VISTOS, el Oficio N° 0097-2020-CGPNP/SECEJE/ UTD-OR de la Jefatura de la Oficina de Resoluciones de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 016-2020-SALUDPOL-GG/DFPS de la Dirección


