Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2020 (04/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Martes 4 de febrero de 2020 /

El Peruano

formaliza la incorporación de los perfiles de puestos al MOF y deja sin efecto la correspondiente descripción del cargo en el MOF; Que, sobre el particular, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, concordante con el literal m) del artículo 5 de la mencionada Directiva, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; sobre esta base, en el caso de la Sunarp, según el artículo 11 del ROF, la máxima autoridad administrativa es la Secretaría General; Que, mediante la Resolución N° 109-2018-SUNARP/ SN del 23 de mayo de 2018, se dispone que desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 054-2018PCM, la denominación de la Secretaria General de la entidad debe ser Gerencia General para todos sus efectos, en cumplimiento de lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo; Que, asimismo, el artículo 23 de la Directiva N° 004-2017-SERVIR-GDSRH, establece que en caso los requisitos del perfil de puesto difieran del clasificador de cargos de la entidad, este último deberá modificarse en función al nuevo perfil del puesto; Que, bajo ese contexto, la Oficina General de Recursos Humanos mediante Informe Técnico N° 038-2020-SUNARP/OGRH, sustenta y remite la propuesta de actualización del perfil de puesto de la plaza de Jefe de Zona Registral, conforme al procedimiento previsto en la Directiva N° 004-2017-SERVIR-GDSRH; Que, por su parte la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum N° 162-2020-SUNARP/OGPP, emite opinión favorable del proyecto de perfil del puesto; al encontrarse adecuados a las necesidades institucionales y acordes con los documentos de gestión institucional existentes, guardando coherencia con las funciones y atribuciones descritas en el artículo 62 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 0122013-JUS; Que, por tales consideraciones, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 083-2020-SUNARP/OGAJ, considera procedente emitir el acto que formalice la aprobación e incorporación del perfil de puesto correspondiente a la plaza de Jefe Zonal, en el Manual de Organización y Funciones de la Sede Central y Zonas Registrales, debiéndose dejar sin efecto la descripción del cargo señalado en el MOF de las Zonas Registrales y, modificar el Clasificador de Cargos de la Sunarp; Con el visado de la Oficina General de Recursos Humanos, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el literal r) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; y la Directiva N° 004-2017-SERVIRGDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos - MPP", aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la incorporación de Perfil de Puesto Formalizar la aprobación e incorporación del perfil de puesto correspondiente a la plaza de Jefe Zonal, en el Manual de Organización y Funciones de la Zona Registral N° IX - Sede Lima y de las demás Zonas Registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, conforme al anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Modificación del Clasificador de Cargos Aprobar la modificación de Clasificador de Cargos referidos al cargo de Jefe Zonal de la Zona Registral N° IX - Sede Lima y de las demás Zonas Registrales, de

acuerdo al anexo N° 02, que forma parte integrante de la presente Resolución, a fin de incorporar los requisitos mínimos de la plaza de Jefe Zonal. Artículo 3.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo, la presente resolución y anexos serán publicados en el Portal Institucional (www. sunarp.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS A. CASTRO DIANDERAS Gerente General (e) 1851894-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Cesan por límite de edad a Juez Mixto de Mariscal Luzuriaga, Distrito Judicial de Ancash
Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 011-2020-P-CE-PJ Lima, 30 de enero de 2020 VISTOS: El Oficio Nº 000015-B-2020-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial y el Oficio Nº 000428-2020-P-CSJAN-PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash, con relación al cese por límite de edad del señor Orlando Carbajal Lévano, Juez Mixto de Mariscal Luzuriaga, Distrito Judicial de Ancash. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 229-2013-CNM, del 2 de julio de 2013, se nombró al señor Orlando Carbajal Lévano en el cargo de Juez Mixto de Mariscal Luzuriaga, Distrito Judicial de Ancash. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Oficio Nº 000015-B-2020GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; así como de la ficha del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y documento de identidad, que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez nació el 3 de febrero de 1950; y que el 3 de febrero del año en curso cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. Cuarto. Que, asimismo, es menester tener en consideración que mediante Resolución Administrativa Nº 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se refiere el artículo 107º, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se ejecutará el día siguiente en que el Juez cumple setenta años. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011.

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