Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2020 (26/02/2020)
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NORMAS LEGALES
Miércoles 26 de febrero de 2020 /
El Peruano
VISTO, el Informe N° 000020-2020-DSPM-DFJ/MC mediante el cual la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial, elevó la propuesta final del Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos arqueológicos y testimonios de valor histórico expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Se encuentran protegidos por el Estado y la ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio, fomentando la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo; Que, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural aprobada por la Octava Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO del 16 de noviembre de 1972, ratificada por el Perú mediante Resolución Legislativa N° 23349 del 21 de diciembre de 1981, establece en su artículo 5, la obligación de cada Estado parte, entre otros, de proteger, conservar y trasmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural y Natural situado en su territorio, adoptando las medidas jurídicas, técnicas y administrativas adecuadas, para proteger ese patrimonio; Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 075/INC de fecha 15 de enero de 2008, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Chankillo, ubicada en el distrito y provincia de Casma, departamento de Áncash; la misma que fue modificada a través de la Resolución Viceministerial N° 220-2019-VMPCIC-MC de fecha 26 de noviembre de 2019 y la Resolución Viceministerial N° 019-2020-VMPCIC-MC de fecha 23 de enero de 2020; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 443/ INC de fecha 04 de abril de 2007, se aprobó el "Esquema Referencial de presentación de Plan de Manejo del Patrimonio Arqueológico e Histórico Inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación"; Que, el numeral 56.5 del artículo 56 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013MC, establece que la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial es la unidad orgánica que tiene entre sus funciones, coordinar asesorar y evaluar la elaboración y actualización de los planes o sistemas de gestión de los sitios del Patrimonio Mundial y de los bienes de la lista indicativa y realizar su seguimiento y evaluación en coordinación con las áreas técnicas nacionales y regionales de la institución; Que, mediante Informe N° 000034-2020-DSPM-DFJ/ MC de fecha 20 de febrero de 2020 la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial eleva la propuesta del "Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 20202030", la misma que incorpora las recomendaciones de los órganos competentes, sobre la base de lo propuesto con el Memorando N° 900072-2018/DDC ANC/MC, de la Dirección Desconcentrada de Cultura Ancash;
Que, mediante Memorando N° 000017-2020-DGPA/ MC de fecha 06 de enero de 2020, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, acompañó los Informes N° 000001-2020-DMO-CCM/MC y N° 0000062020-DMO/MC de la Dirección de Gestión de Monumentos emitiendo opinión favorable respecto de la propuesta del Plan de Manejo; Que, a través del Oficio N° 000052-2020-UF/ MC de fecha 17 de febrero de 2020, la Unidad Ejecutora N° 008, comunicó a la Dirección General de Patrimonio Cultural, que el proyecto de inversión referido al "Mejoramiento y ampliación de los servicios de interpretación cultural del Complejo Arqueoastronómico Chankillo del distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash", se encuentra registrado en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2020-2022, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 145-2019-MC; asimismo, debe tenerse presente que mediante correo electrónico de fecha 24 de febrero de 2020 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto precisa que dicho proyecto ha sido incluido en el Programa Multianual de Inversiones 2021-2023, aprobado por Resolución Ministerial N° 074-2020-MC, bajo la denominación "Creación de Servicios de Interpretación Cultural del Complejo Arqueo-Astronómico Chankillo Distrito de Casma Provincia de Casma Departamento de Ancash"; Que, la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial a través del Informe N° 000020-2020-DSPM-DFJ/MC de fecha 19 de febrero de 2020, emite opinión favorable para la prosecución del trámite de aprobación del Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 20202030; Que, mediante Memorando N° 000112-2020-OGPP/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remitió el Informe N° 000012-2020-OPL/MC de la Oficina de Planeamiento, en el que se indicó que la propuesta contiene las recomendaciones brindadas a través del Informe N° D000075-2019-OPL/MC, sugiriendo su aprobación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030 que como documento anexo forma parte de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ancash la implementación de las acciones descritas en el Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030. Artículo 3.- La Dirección General de Patrimonio Cultural a través de la Dirección de Sitios de Patrimonio Mundial, realizará en forma semestral el seguimiento y, en forma anual, la evaluación del Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030. Artículo 4.- Publicar la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura 1858838-1


