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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2020 (01/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de julio de 2020 / El Peruano normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar”; añadiendo la acotada norma que “Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias”; ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, las mismas que se detallan en Anexo I y II que forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, de ser necesario, dicte normas complementarias a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 350- MDPP y toda norma y/o disposición emitida por esta Entidad Municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Ordenamiento Urbano el diseño y aprobación de los formatos de noti fi cación de cargo, acta de fi scalización, acta de ejecución de medida no pecuniaria u otros que demande el procedimiento administrativo sancionador. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1869276-1 Ordenanza que aprueba el Régimen Excepcional de Beneficios de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Infracciones al Transporte, Impuestas a Vehículos Menores que Prestan el Servicio Especial de Transporte de Pasajeros en el Distrito de Puente Piedra ORDENANZA Nº 380-MDPP Puente Piedra, 26 de junio de 2020 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza; CONSIDERANDO: Que, ante la realidad económica en el distrito de Puente Piedra es necesario aprobar la presente Ordenanza que establece una campaña de bene fi cio extraordinario de regularización de deudas no tributarias por concepto de multas y/o infracciones al transporte, impuestas a vehículos menores que prestan el servicio especial de transporte de pasajeros en el distrito de Puente Piedra; ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN EXCEPCIONAL DE BENEFICIOS DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS NO TRIBUTARIAS POR CONCEPTO DE MULTAS Y/O INFRACCIONES AL TRANSPORTE, IMPUESTAS A VEHÍCULOS MENORES QUE PRESTAN EL SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR el Régimen Excepcional de Bene fi cios de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Infracciones al Transporte, Impuestas a Vehículos Menores que Prestan el Servicio Especial de Transporte de Pasajeros en el Distrito de Puente Piedra, el mismo que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, de ser necesario, dicte normas complementarias a lo dispuesto en la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1869277-1 Ordenanza que aprueba las “Medidas de Bioseguridad y Control para prevenir el COVID-19 en el servicio de transporte público en vehículos menores del distrito de Puente Piedra” ORDENANZA Nº 381-MDPP Puente Piedra, 26 de junio de 2020EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 7° y 9° de la Constitución Política del Perú, todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad. ORDENANZA QUE APRUEBA LAS MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD Y CONTROL PARA PREVENIR EL COVID-19 EN EL SERVICIO DEL TRANSPORTE PÚBLICO EN VEHÍCULOS MENORES DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR las “Medidas de Bioseguridad y Control para prevenir el COVID-19 en el servicio de transporte público en vehículos menores del distrito de Puente Piedra”, las mismas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFICAR el cuadro de infracciones y sanciones del servicio de transporte público especial en vehículos menores aprobado mediante Ordenanza 182-MDPP, a efectos de incorporar los códigos de infracción que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR, al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, de ser necesario, dicte normas complementarias a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- EXHORTAR, a todos los conductores, asociación, empresas y usuarios del transporte público de vehículos menores del distrito de Puente Piedra a coadyuvar en la prevención para evitar la propagación del coronavirus SARS-CoV2 que causa la enfermedad COVID-19, cumpliendo e implementando las medidas de bioseguridad y control que se aprueban con la presente ordenanza y las demás normas de alcance nacional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1869278-1