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70 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de julio de 2020 / El Peruano c) Resolución Administrativa Nº 134-2020-P-CSJPPV- PJ: Aprobó el “Instructivo para el Registro Diario del Trabajo Remoto durante el Estado Emergencia”, los “Lineamientos para el uso de la herramienta tecnológica “Google Hangouts Meet” y el “Manual para el ingreso al correo institucional por la Plataforma Web del Groupwise”. d) Resolución Administrativa Nº 150-2020-P-CSJPPV- PJ: Aprobó el instrumento denominado: “Protocolo para la programación de entrevistas con los Jueces y/o Administradores a través de Hangouts Meet”, en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla. e) Resolución Administrativa Nº 151-2020-P-CSJPPV- PJ: Aprobó el instrumento denominado “Protocolo de Trabajo Remoto de los Expedientes Judiciales Digitalizados” para su implementación en la Sala Laboral Permanente de este Distrito Judicial. f) Resolución Administrativa Nº 155-2020-P-CSJPPV- PJ: Aprobó el instrumento normativo denominado: “Lineamientos para el ejercicio de funciones durante el periodo de Emergencia”, para su obligatoria aplicación en el Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla. g) Resolución Administrativa Nº 159-2020-P-CSJPPV- PJ: Aprobó el instrumento denominado: “Directiva para el Proceso de Consulta, Endose y Entrega de Depósito Judicial Electrónico en forma Virtual en los Juzgados Especializados y de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla”. h) Resolución Administrativa Nº 166-2020-P-CSJPPV- PJ: Aprobó la “Guía para la Digitalización de Expedientes Judiciales Físicos para el Trabajo Remoto en el Módulo Corporativo Laboral a Nivel de Juzgados de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla”. i) Resolución Administrativa Nº 168-2020-P-CSJPPV- PJ: Aprobó el instrumento denominado: “Protocolo de Trabajo Remoto de los Órganos Jurisdiccionales en Materia Civil”. Quinto. Que, bajo este contexto normativo, mediante el ofi cio del visto, la O fi cina de Administración Distrital, en cumplimiento de la Resolución Administrativa Nº 163-2020-P-CSJPPV/PJ, ha remitido el instrumento normativo denominado: “Protocolo de Medidas de Seguridad y Prevención de Riesgos de Contagio por Covid”, el cual tiene por objeto regular las medidas de prevención, seguridad y protección sanitaria para ser aplicadas en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra- Ventanilla, para prevenir y evitar el contagio y propagación del COVID-19, y habilitar las acciones de fi scalización y control que se han venido adoptando desde la declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria y que ha de continuarse hasta el 31 de diciembre de 2020, bajo el amparo del Decreto Legislativo Nº 1505, cuyo artículo 2 desarrolla las medidas temporales y excepcionales que podrán aplicarse hasta la citada fecha, entre ellas el trabajo remoto. Sexto. Ahora bien, sobre el citado instrumento cabe precisar que este regula de manera integral las medida de prevención que se vienen adoptando y que se pretenden adoptar para la protección de los servidores que realizan y continuaran realizando trabajo remoto, mixto y presencial con la reactivación de las labores en el Poder Judicial, siendo la principal estrategia de prevención el trabajo remoto, cuyo mecanismo reduce el nivel de contagio en nuestro país; y es que este se caracteriza por la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita (artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 26-2020). En ese sentido, resulta oportuno emitir el acto resolutivo que apruebe dicho protocolo, por cuanto este es coherente con los instrumentos normativos que hasta la fecha ha emitido el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y esta Corte Superior de Justicia. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla,RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el instrumento denominado: “PROTOCOLO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS DE CONTAGIO POR COVID-19, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución, documento que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1505, “Decreto legislativo que establece medidas temporales excepcionales en materia de gestión de recursos humanos en el sector público ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19”, salvo disposición en contrario. Artículo Segundo.- DISPONER la observancia obligatoria del instrumento normativo aprobado, debiendo priorizarse el trabajo remoto como estrategia para evitar la exposición de los trabajadores al contagio del COVID-19. En los casos que por la naturaleza de la labor no pueda realizarse el trabajo remoto, deberá realizarse el trabajo de manera presencial adoptando las precauciones necesarias. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Administración Distrital a adoptar las medidas administrativas necesarias para la implementación del instrumento aprobado, las cuales deberán guardar armonía con las disposiciones emitidas por la Gerencia General y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Puente Piedra - Ventanilla, de la Defensoría Pública Distrital, de los Señores Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, Administración Distrital, Administradores de la Sedes Judiciales, O fi cina de Imagen Institucional y de la O fi cina de Personal, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CHRISTIAN ARTURO HERNÁNDEZ ALARCÓN Presidente PROTOCOLO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS DE CONTAGIO POR COVID-19 I. OBJETIVOLa presente tiene por objetivo regular las medidas de prevención, seguridad y protección sanitaria para ser aplicadas en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra- Ventanilla, para prevenir y evitar el contagio y propagación del COVID-19, y habilitar las acciones de fi scalización y control, a través de su cumplimiento. II. AMBITO DE APLICACION El presente protocolo es de obligatorio cumplimiento para todos los magistrados y trabajadores de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra- Ventanilla. Asimismo, es de cumplimiento obligatorio para los usuarios y operadores del servicio de justicia que acceden a las sedes judiciales de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra- Ventanilla. III. PERIODO DE VIGENCIADurante el periodo de la Emergencia Sanitaria Nacional declarada por el Gobierno y posterior al mismo 1. 1 Decreto Legislativo No 1105, articulo 2.1 De manera excepcional y hasta el 31 de diciembre de 2020, autorizase a las entidades públicas a implementar las medidas temporales excepcionales que resulten pertinentes para evitar el riesgo de contagio de COVID-19 y a la protección del personal a su cargo.