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56 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de junio de 2020 / El Peruano técnica se encuentran ubicados en los predios, asimismo en su artículo 99º de fi ne a la Zoni fi cación como el instrumento técnico normativo de gestión urbana que contiene el conjunto de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de actuación y/o intervención de los Planes de Desarrollo Urbano, en función a los objetivos de desarrollo sostenible, a la capacidad de soporte del suelo y a las normas pertinentes, para localizar actividades con fi nes sociales y económicos como vivienda, recreación, protección y equipamiento; así como, la producción industrial, comercio, transportes y comunicaciones; Que, el mismo cuerpo de leyes en los artículos 103º al 107º establece las normas legales para el Cambio de Zoni fi cación incluyendo su formulación o iniciativa de propuesta, requisitos, procedimiento, evaluación técnica por parte de la municipalidad provincial y las condiciones; Que, la Sub Gerencia de Planeamiento Control Urbano y Acondicionamiento Territorial con Informe Nº 2166-2019-SGPCUAT/GDUAAT/GM/MPMN, propone el ESTUDIO TECNICO LEGAL SUSTENTATORIO PARA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN SECTOR A – 11 C.P. SAN ANTONIO, Zoni fi cado como ZRP: Zona de recreación pública y ZRE: Áreas ocupadas con fi nes especí fi cos, proponiendo que estas últimas cambien a RDM: Residencial de densidad media, cuyas características físicas son: SECTOR A -11 CENTRO POBLADO SAN ANTONIO, con los siguientes linderos y medidas perimétricas: - NORTE: con el Sector A – 10, en línea quebrada de 03 tramos, 1er tramo de 9.99 ml., 2do. Tramo de 29.85 ml. y 3er tramo de 146.08 ml. - ESTE: con terrenos de propiedad de la Municipalidad (Sector A – 6), en línea recta de 71.92 ml. - SUR: con el Programa Municipal de Vivieda Taller (Sector A – 3) y el Sector A – 6, en línea quebrada de dos tramos: 1er tramo de 56.16 ml., 2do. Tramo de 113.07 ml. - OESTE: con el Programa Municipal de Vivienda San Antonio (Sector A – 1) en línea recta de 45.41 ml. Inscrito en la Partida Registral Nº 11002030. La petición es formulada por la Sub Gerencia de Planeamiento Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, por lo que en adelante debe considerarse de o fi cio conforme a lo establecido en el Art. 103 numeral 3 del Decreto Supremo Nº 022- 2016- VIVIENDA; Que, considerando la Carta Nº 29-2019-JCCHH/ SGCUAT/MPMN el Arquitecto Julio Cesar Chahua Huarachi concluye que el ESTUDIO TECNICO SUSTENTARIO PARA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SECTOR A-11 C. P. SAN ANTONIO ha cumplido con la totalidad de procedimientos administrativos y cuenta con la documentación legal necesario, según lo indicado en el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA; Que, con Informe Nº 393-2019-AST/SPCUAT/ GDUAAT/MPMN del Ingeniero Percy Ramos Vera – Área de Servicios Técnicos concluye que se ha cumplido con todo el procedimiento establecido para la aprobación del cambio de zoni fi cación propuesto, por lo cual es de opinión que el estudio del Cambio de Zoni fi cación del Sector A – 11 del Centro Poblado de San Antonio, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, técnicamente se encuentra conforme; Que, el Sub Gerente de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, mediante Informe Nº 2166-2019-SGPCUAT/GDUAAT/GM/MPMN señala que se han cumplido con todos los procedimientos establecidos para la aprobación del cambio de zoni fi cación del SECTOR A – 11, C.P. SAN ANTONIO, y mediante Informe Nº559-2019-CEMA-AL.GDUAAT/GM/MPMN, de fecha 16 de diciembre del 2019, el Abog. Ciro Melo Avalos, Asesor Legal de la GDUAAT, informa que la propuesta fi nal de cambio de Zoni fi cación del Sector A-11, CP. San Antonio, debe ser aprobada mediante Ordenanza Municipal; Que, revisado el expediente administrativo presentado por la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial donde se expone que el Cambio de Zoni fi cación del SECTOR A – 11, C.P. SAN ANTONIO, en su etapa de elaboración cumple con las normas legales vigentes de acuerdo a lo normado por el numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, constituyendo las Propuesta Final de Cambio de Zoni fi cación del SECTOR A – 11, C.P. SAN ANTONIO; Que, con Informe Legal Nº 978-2019-GAJ/GM/MPMN de fecha 31 de diciembre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal señalando que es procedente que, mediante Acuerdo de Concejo, se apruebe la Ordenanza Municipal que apruebe la MODIFICACION DE ZONIFICACIÓN del SECTOR A – 11, C.P. SAN ANTONIO; Que, en “Sesión Ordinaria” de fecha 28 de febrero del 2020, el Dictamen Nº 004-2020-CODUAyAT-MPMN de registro Nº2006234 de fecha 26 de febrero del 2020, sobre cambio de Zoni fi cación del Sub Sector A-11 del Centro Poblado de San Antonio; Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº015-2020- MPMN de fecha 02 de Marzo del 2020, se acordó Aprobar la Modi fi cación de la Zoni fi cación del Sector A-11, CP. San Antonio. POR CUANTO:El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto en uso de las facultades concedidas por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 de fecha 26-05-2003, Ley Nº 8230 del 03-04-1936 y Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 20 de febrero del 2020 el Acuerdo de Concejo Nº 015-2020-MPMN, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SECTOR A – 11, C.P. SAN ANTONIO Artículo Primero.- APROBAR la MODIFICACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN del SECTOR A – 11, C.P. SAN Antonio, que aprueba: - De Zona de Recreación Publica (ZRP) a Vías un área de 1,064.10 m2 - De Zona de Recreación Publica (ZRP) a Residencial de Densidad Media (RDM) un área de 948.31 m2 - De Zona de Reglamentación Especial – 07 (ZRE- 07) a Residencial de Densidad Media (RDM) un área de 4,103.25 m2 - De vías a Residencial de Densidad Media (RDM) un área de 96.57 m2 - De Zona de Reglamentación Especial – 07 (ZRE-07) a vías un área de 540.96 m2 Artículo Segundo.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018- MPMN, en el extremo aprobado por el Artículo Primero. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial los trámites para la publicación en “El Peruano” y vigencia de la presente Ordenanza y al responsable de Informática para que publique en el portal web de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, la presente. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 1867990-1 Ordenanza que aprueba el cambio de zonificación del Sub Sector 1A-7 Pampas de Chen Chen, distrito de Moquegua, provincia Mariscal Nieto - Moquegua ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2020-MPMN Moquegua, 3 de junio de 2020