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55 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de junio de 2020 El Peruano / de Asesoría Jurídica, adjunta el Informe Nº 187-2019- GR.M/ORAJ-PHP, que concluye en lo siguiente: “Por los fundamentos expuestos, la propuesta de modi fi cación del TUPA de la Zona Especial de Desarrollo Ilo – ZED Ilo, para incorporar nuevo procedimiento administrativo Nº 29 “Código: P-029-GG “Obtención de la condición de Usuario de Almacén Público y/o de Usuario de la ZED Ilo”, al TUPA aprobado mediante Ordenanza Regional Nª 005-2018-CR/GRM, cuenta con informe técnico favorable de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información, tácitamente opina legalmente que resulta procedente la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del ZED Ilo, con la fi nalidad de incorporar un (01) nuevo procedimiento administrativo; Por lo que, en uso de las atribuciones conferida por la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM. El Consejo Regional con el voto por mayoría de sus miembros y la dispensa de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA ZONA ESPECIAL DE DESARROLLO DE ILO – ZED ILO, APROBADO POR ORDENANZA REGIONAL Nº 05-2018-CR/GRM, POR INCORPORACIÓN DE UN (01) NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Zona Especial de Desarrollo De Ilo – ZED Ilo, aprobado por Ordenanza Regional Nº 05-2018-CR/GRM. Artículo Segundo.- APROBAR, la incorporación de un (01) nuevo procedimiento administrativo, del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Zona Especial de Desarrollo De Ilo – ZED, conforme detalle siguiente: - Procedimiento Administrativo Nº 29 “Código: P-029- GG “Obtención de la condición de Usuario de Almacén Público y/o de Usuario de la ZED Ilo Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano en estricto cumplimiento del artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, la misma que una vez entrada en vigencia dispondrá su publicación en el Portal Electrónico institucional del Gobierno Regional de Moquegua, en cumplimiento al numeral 44.3 del Artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por D.S. 004-2019-JUS. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. En Moquegua, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil veinte. HARLY MARTIN NEGRILLO GUEVARA Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil veinte. ZENON GREGORIO CUEVAS PARE Gobernador Regional 1868019-1GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Ordenanza que aprueba el cambio de zonificación del Sector A-11, C.P. San Antonio ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2020-MPMN Moquegua, 3 de junio de 2020 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO, el Acuerdo de Concejo Nº 015-2020 de fecha 02 de Marzo de 2020, el cual en su Artículo Segundo encarga el cumplimiento del citado Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial la implementación de la Ordenanza Municipal respectiva. CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en armonía con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto al rol de las municipalidades provinciales, establece que le corresponde plani fi car integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial. Las municipalidades provinciales son responsables de promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral correspondiente al ámbito de su provincia, recogiendo las prioridades propuestas en los procesos de planeación de desarrollo local de carácter distrital; Que, mediante con Partida Registral Nº11002030 de la SUNARP, se tiene inscrito como propiedad de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, el inmueble ubicado en el Sector A-11, del Centro Poblado de San Antonio – Moquegua, mide 1.160 has y mediante con Informe Nº158-2019-CEK-2019/PROMUVI/SGPCUAT/GDUAAT/GM/MPMN de fecha 23 de julio del 2019, la Coordinadora del PROMUVI, remite a la SGPCUAT, el Estudio Técnico legal sustentatorio para cambio de Zoni fi cación – Sector A-11 CP. San Antonio; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018- MPMN de fecha 28 de Junio 2018, la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto aprobó el Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua 2016 – 2026; Que, con el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en su artículo 38º que las municipalidades provinciales aprueban las modi fi caciones al Plan de Desarrollo Urbano y señala que el procedimiento es el mismo que se necesita para su aprobación, en este artículo señala que el cambio de Desarrollo Urbano es para cambiar la zoni fi cación comercial Industrial, Pre Urbana, Recreación, Usos especiales, servicios públicos complementarios, Zona de Reglamentación Especial y Zona Monumental o, para la modi fi cación de Zona Residencial de Alta Densidad, observando el procedimiento establecido en el artículo 36º, que en el mismo cuerpo de leyes en los artículos 103º al 107º de establece las normas legales para el cambio de Zoni fi cación incluye su formulación o iniciativa de propuesta, requisitos, procedimientos, evaluación