Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2020 (02/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 2 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, con fecha 27 de noviembre de 2019, la empresa INVERSIONES ANDINAS EL POLO S.A.C., presenta ante PROINVERSIÓN la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas para la ejecución del proyecto de inversión "HOTEL IBIS NOVOTEL ENCALADA"; Que, mediante Informe Técnico Legal N° 17-2019/ DSI de fecha 6 de diciembre de 2019, PROINVERSIÓN declara la admisibilidad de la solicitud de acogimiento al Régimen citado al haber realizado la verificación de los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo N° 973, asimismo, a través del Oficio N° 279-2020-EF/13.01, de fecha 29 de enero de 2020 que adjunta el Informe N° 0016-2019-EF/61.03 de fecha 27 de diciembre de 2019, el Ministerio de Economía y Finanzas remite la lista de servicios y contratos de construcción susceptibles de acogimiento al Régimen por parte de la empresa INVERSIONES ANDINAS EL POLO S.A.C., para el desarrollo del proyecto de inversión denominado "HOTEL IBIS NOVOTEL ENCALADA"; Que, mediante el Informe Técnico N° 226-2019-DSI y el Informe Legal N° 202-2019-DSI, PROINVERSIÓN ha concluido que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa INVERSIONES ANDINAS EL POLO S.A.C., cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2. del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973 y se encuentra adecuada a los requerimientos de dicho Decreto Legislativo; Que, por Informe N° 04-2020-MINCETUR/VMT/DGET/ DPDT-CSZ e Informe Legal N° 0012-2020-MINCETUR/ VMT/DGET/DPDT-LBC, la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, emite opinión técnica y legal y concluye que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa INVERSIONES ANDINAS EL POLO S.A.C., para el desarrollo del proyecto de inversión denominado "HOTEL IBIS NOVOTEL ENCALADA", cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2. del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF y sus modificatorias, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa INVERSIONES ANDINAS EL POLO S.A.C., por el desarrollo del proyecto "HOTEL IBIS NOVOTEL ENCALADA". Artículo 2.- Monto de compromiso de inversión Establecer, que el monto de compromiso de la inversión a cargo de la empresa INVERSIONES ANDINAS EL POLO S.A.C., asciende a la suma de US $ 20 308 844,00 (Veinte Millones Trescientos Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Cuatro y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), sin incluir el Impuesto General a las Ventas - IGV. Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión y cronograma de ejecución de inversiones Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión, en un (1) año, nueve (9) meses y cuatro (4) días contados desde el 27 de noviembre de 2019, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa INVERSIONES ANDINAS EL

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