Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2020 (03/03/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

32

NORMAS LEGALES

Martes 3 de marzo de 2020 /

El Peruano

Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo son de periodicidad mensual, siendo el día de su vencimiento el último día hábil de cada mes; pudiendo la Municipalidad recaudar dichos arbitrios en periodos trimestrales. Que, mediante Informe Nº 0005-2020-GATR-MDI, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, informa sobre los inconvenientes en la entrega de las cuponeras de pago a los contribuyentes, por la situación acaecida en la Zona Industrial el día 20 de febrero de 2020, tras los disturbios contra el personal notificador, resulta necesario prorrogar el plazo del vencimiento de pago de la primera cuota del impuesto predial, como de la primera y segunda cuota de pago de los arbitrios municipales del ejercicio 2020; Estando a los fundamentos expuestos, contando con el pronunciamiento favorable de los órganos pertinentes, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta y con cargo a redacción, el Concejo Municipal por unanimidad aprueba lo siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO DEL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y PRIMERA Y SEGUNDA CUOTA DE PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2020 Artículo Primero.- PRORROGAR el pago anual así como de la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2020, para los casos de pago al contado o fraccionado hasta el 31 de marzo del 2020. Artículo Segundo.- PRORROGAR la fecha de vencimiento de pago de la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020 hasta el 31 de marzo del 2020. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Subgerencia de Recaudación, Subgerencia de Imagen Institucional, Subgerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnologías de la Información y la Comunicación, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Segunda.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. YURI JOSE PANDO FERNANDEZ Alcalde 1860707-1

VISTO, el Oficio Múltiple Nº 05-2020-/REMURPE de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú, suscrito por el Presidente de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales (REMURPE) Señor VICTOR ANDRES VILLAR NARRO, mediante el cual Invita al Alcalde Provincial de Ucayali, Señor HÉCTOR SOTO GARCIA, a participar de la IV MISION DE PROSPECCION DE EMPRENDIMIENTO RURAL EN EUROPA para visitar Italia, Francia, Bélgica y España, entre el 17 al 28 de abril del 2020; con el objetivo de promover la prospección comercial, inversión privada, cooperación al desarrollo, intercambio científico y tecnológico, que beneficiará a las comunidades de los territorios productivos locales del Perú, el mismo que no irrogará gastos a la Municipalidad Provincial de Ucayali. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por las leyes Nº 28607 y 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme al artículo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, señala que es atribución del Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, la Ley Nº 27619 tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27619 dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, en tanto que el artículo 3 establece que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el pleno del Concejo Municipal luego del debate correspondiente, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje, en calidad de comisión de servicios, al Señor HECTOR SOTO GARCIA, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ucayali, desde el 17 al 28 de abril del 2020; con el objetivo de promover la prospección comercial, inversión privada, cooperación al desarrollo, intercambio científico y tecnológico, que beneficiará a las comunidades de los territorios productivos locales del Perú. Artículo Segundo.- PRECISAR que los gastos de viaje, de alojamiento y alimentación serán asumidos por los organizadores del evento; autorizándose al Alcalde a hacer uso de los gastos de representación de acuerdo a las normas legales vigentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla. HÉCTOR SOTO GARCÍA Alcalde 1860616-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI
Autorizan viaje del alcalde a Italia, Francia, Bélgica y España, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2020-MPU-CM-SEO Contamana, 11 de febrero de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI: POR CUANTO El Concejo Municipal, en Sesión Extraordinaria de fecha 11 de febrero del 2020.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.