Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2020 (03/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Martes 3 de marzo de 2020 /

El Peruano

Aprueban los "Lineamientos para el desarrollo de las actividades de la Secretaría Técnica que presta apoyo a los Grupos de Trabajo conformados por el numeral 8.5 del artículo 8 de la Ley N° 30970"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 003-2020-EF/53.01 Lima, 27 de febrero del 2020 CONSIDERANDO: Que, el numeral 8.5 del artículo 8 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, dispuso la conformación de grupos de trabajo integrados por representantes del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, y del pliego del Gobierno Nacional o gobierno regional correspondiente, a efecto de identificar los mecanismos e instrumentos legales pertinentes y los procedimientos que se deben seguir a efectos de validar la información proporcionada para el registro provisional mencionado en dicho artículo, y, en caso corresponda, su incorporación en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP); Que, mediante Resolución Ministerial N° 416-2019PCM se establecieron las disposiciones necesarias para la implementación de dichos Grupos de Trabajo, disponiéndose en el artículo 5 de la referida resolución que las funciones de Secretaría Técnica son asumidas por SERVIR, a través de la unidad organizacional que disponga; Que, asimismo, el numeral 5.3 del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 416-2019-PCM dispone que corresponde a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF determinar los lineamientos y protocolos que resulten necesarios para que la Secretaría Técnica desarrolle su labor, en atención al principio de exclusividad recogido en el numeral 2 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los "Lineamientos para el desarrollo de las actividades de la Secretaría Técnica que presta apoyo a los Grupos de Trabajo conformados por el numeral 8.5 del artículo 8 de la Ley N° 30970", que conlleve a brindar asistencia técnica y administrativa a los Grupos de Trabajo; recopilar, sistematizar y procesar la información remitida por los pliegos presupuestarios; y solicitar a los pliegos presupuestarios la información adicional de ser necesario para el cumplimiento de sus funciones; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1442, y el numeral 5.3 del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 416-2019-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de los lineamientos para el desarrollo de actividades de la Secretaría Técnica Apruébanse los "Lineamientos para el desarrollo de actividades de la Secretaría Técnica que presta apoyo a los Grupos de Trabajo a que se refiere el numeral 8.5 del artículo 8 de la Ley N° 30970", el cual como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Publícase la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. gob.pe/mef) y en el Intranet del Ministerio de Economía y Finanzas el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR HUGO MONTOYA CHÁVEZ Director General Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos

LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA QUE PRESTA APOYO A LOS GRUPOS DE TRABAJO CONFORMADOS POR EL NUMERAL 8.5 DEL ARTÍCULO 8 DE LA LEY 30970 I. OBJETIVO Establecer los lineamientos necesarios para el desarrollo de las actividades de la Secretaría Técnica de los Grupos de Trabajo conformados por el numeral 8.5 del artículo 8 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, y cuyas disposiciones necesarias para su implementación fueron establecidas mediante Resolución Ministerial N° 416-2019-PCM. II. BASE LEGAL 2.1 Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y ejecución del gasto público y dicta otras medidas. 2.2 Decreto Legislativo N° 1442 Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público. 2.3 Decreto de Urgencia N° 038-2019, Decreto de Urgencia que establece reglas sobre los ingresos correspondientes a los Recursos Humanos del Sector Público. 2.4 Resolución Ministerial N° 416-2019-PCM, Establecen disposiciones necesarias para la implementación de Grupos de Trabajo a que hace referencia el numeral 8.5 del artículo 8 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y ejecución del gasto público y dicta otras medidas. III. ACRÓNIMOS 3.1 AIRHSP: Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de datos de los Recursos Humanos del Sector Público. 3.2 DGGFRH: Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. 3.3 DGPP: Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. 3.4 MEF: Ministerio de Economía y Finanzas. 3.5 SERVIR: Autoridad Nacional del Servicio Civil. IV. FINALIDAD Brindar a la Secretaría Técnica de los Grupos de Trabajo, los procedimientos que deben seguir con la finalidad de validar la información proporcionada para el Registro Provisional, como la planilla nominada consolidada que las entidades remitieron a la DGPP, la información registrada en el AIRHSP y otras fuentes de información, en el marco de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley N° 30970. V. ALCANCE Las disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos son de aplicación por la Secretaría Técnica de los Grupos de Trabajo que se conformó mediante Resolución Ministerial N° 416-2019-PCM y, deben ser observadas, por todos los que integran dichos grupos de trabajo para su adecuada implementación. VI. DISPOSICIONES GENERALES 6.1 Definiciones Para efectos de los presentes Lineamientos se consideran las siguientes definiciones: 1. AIRHSP: Es la herramienta operativa que contiene la información de los datos personales, conceptos de ingresos de los recursos humanos validados, plazas, puestos, entre otros. Los datos registrados en el referido Aplicativo sirven de base para las fases del proceso presupuestario, para definir el número de plazas, puestos, políticas remunerativas o de compensaciones económicas, obligaciones sociales y previsionales, gastos en personal cualquiera sea su modalidad de contratación directa o indirecta

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