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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2020 (12/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Martes 12 de mayo de 2020 El Peruano / Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 006 - Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM - DEVIDA, ha emitido las Certi fi caciones de Crédito Presupuestal Nº 01060 y 01061, entendiéndose que estos documentos forman parte del Informe Previo Favorable Nº 000143-2020-DV-UE006-UPP, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.2 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido las respectivas conformidades de los Planes Operativos de los Proyectos; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de los Proyectos detallados en el Anexo Nº 01 de la presente Resolución, de conformidad con los POAs aprobados por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Jefatura de la O fi cina Zonal de San Francisco, los responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Asesoría Jurídica y la Unidad de Administración de la Unidad Ejecutora 006 – Unidad de Gestión de Apoyo al Desarrollo Sostenible del VRAEM – DEVIDA; y los visados de la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, los responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo de la Unidad Ejecutora 001 – Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias fi nancieras hasta por la suma total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 3’424,610.00), para fi nanciar los Proyectos a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo Nº01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias fi nancieras autorizadas por el Artículo Primero, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios” de la Unidad Ejecutora 006 – “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, en el pliego 12: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Artículo Tercero.- RATIFICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de los Proyectos descritos en el Anexo Nº 01 de la presente Resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 17.3 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo de la Unidad Ejecutora 001- Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; así como también, a la Jefatura de la O fi cina Zonal de San Francisco, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Administración de la Unidad Ejecutora 006 – Unidad de Gestión de Apoyo al Desarrollo Sostenible del VRAEM – DEVIDA, para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo ANEXO 01 TRANSFERENCIAS FINANCIERAS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” NRO. ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DEL PROYECTO MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAZAMARIPROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA AGROFORESTAL Y PROCESO DE COSECHA Y POST COSECHA DE CACAOS FINOS Y AROMÁTICOS EN LA ZONA RURAL DE MAZAMARI, DISTRITO DE MAZAMARI - SATIPO – JUNÍN”1 641 616.00 02 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO TAMBOPROYECTO: “MEJORAMIENTO DE LAS CAPACIDADES PRODUCTIVAS Y TÉCNICAS DEL CAFÉ, CACAO Y ALIMENTICIOS EN LA CUENCA DEL PERENE, DISTRITO DE RÍO TAMBO - SATIPO – JUNÍN”1 782 994.00 TOTAL 3 424,610.00 1866249-1 INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Dirección de Gestión de Recursos para la Operatividad RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 029-2020-INBP San Isidro, 8 de mayo de 2020VISTO: La Carta N° 001-2020-LWCG presentada por el Ing. Lionel Wilfredo Corrales Grispo, dirigida al Sr. Luis Antonio Ponce La Jara, Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica;