Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2020 (15/05/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de mayo de 2020 /

El Peruano

Reglamento dispone que el Instituto Nacional de Salud es un Organismo Público adscrito al Ministerio de Salud; Que, el Acuerdo entre el Gobierno del Perú, representado por el Ministerio de Salud, y la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) para la participación del Gobierno del Perú en el Fondo Rotatorio Regional para la Adquisición de Productos Estratégicos en Salud Pública, fue suscrito el 30 de setiembre de 2002, y tiene una duración indefinida de acuerdo a lo pactado en su Cláusula Décima; Que, a través de los Oficios N°s 692-2020-JEF-OPE/ INS y 700-2020-J-OPE/INS, el Instituto Nacional de Salud ­ INS solicita al Ministerio de Salud, para que a través del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, se realice la adquisición de 130, 000 pruebas moleculares de diagnóstico para COVID-19; señalándose en el Informe Legal N° 037-2020-DG-OGAJ/ INS, que de acuerdo a la información técnica remitida por el Centro Nacional de Salud Pública del INS se encuentra acreditada la necesidad de adquirir pruebas moleculares para el diagnóstico de COVID-19 para el INS, las mismas que resultan necesarias para las intervenciones estratégicas sanitarias que se vienen implementando por la emergencia producida por el COVID-19 y que dicha adquisición se enmarca en los alcances del numeral 6.1 del artículo 6 el Decreto de Urgencia N° 025-2020 y del numeral 32.1 del artículo 32 del Decreto de Urgencia N° 014-2019; Que, a través de la Nota Informativa N° 043-2020-EPPCENARES/MINSA, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud sustenta la necesidad de gestionar una transferencia financiera a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de 130 000 test para pruebas moleculares de diagnóstico para COVID-19 para el INS, necesarias para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 32 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Informe N° 269-2020-OPOGPPM/MINSA, emite opinión favorable a la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos de Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma total de S/ 4 670 707,00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para los fines a que se hace referencia en el considerando precedente; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, de la Viceministra de Salud Pública, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en el Decreto de Urgencia N° 0142019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en el Decreto de Urgencia N° 025-2020, que dicta medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional; en la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 4 670 707,00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/ OMS), para la adquisición de 130 000 test para pruebas

moleculares de diagnóstico para COVID-19, necesarias para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud. Artículo 2.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afecta con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos de Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud, según el siguiente detalle:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

CATERGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS 4 670 707,00 -----------------4 670 707,00 ==========

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos de Salud, coordina con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el envío de los estados de cuentas, derivados de la adquisición efectuada con los recursos señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Acuerdo suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos de Salud, remite información trimestral, bajo responsabilidad, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, respecto de los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 32.3 del artículo 32 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 6.- Saldos no utilizados Los saldos no utilizados al 31 de diciembre de 2020 de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del organismo internacional a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser devueltos al tesoro público conforme a la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería, de acuerdo al numeral 32.4 del artículo 32 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR M. ZAMORA MESÍA Ministro de Salud 1866411-1

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