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9 NORMAS LEGALES Jueves 12 de noviembre de 2020 El Peruano / remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente resolución, un informe sobre el estado situacional y copia del informe de entrega de cargo presentado por el miembro saliente de la Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIANA MARIELA MARCHENA PALACIOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1902046-1 Modifican el cronograma establecido en el Anexo 1 de las Bases del VIII Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 215-2020-MINEDU Lima, 11 de noviembre de 2020VISTOS, los informes técnicos contenidos en el Expediente N° 0080366-2020 y el Informe N° 01215-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, según lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Ley, la calidad de la educación es el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida, entre los factores que interactúan para el logro de la referida calidad educativa se encuentra la investigación e innovación educativas; Que, de acuerdo al artículo 42 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación y los gobiernos regionales, según corresponda, reconocen la conducta meritoria del profesor, así como su trayectoria y su excelencia profesional; Que, el artículo 76 del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, establece, entre otros, que el profesor tiene derecho a reconocimiento cuando diseña y aplica proyectos de innovación pedagógica que son respaldados por la instancia correspondiente, y las formas de reconocimiento; Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 166-2020-MINEDU, se aprobaron las Bases del VIII Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes, en cuyo Anexo 1 se establece el cronograma de las actividades que se llevarán a cabo en el marco del citado Concurso; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante Oficio Nº 00986-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00351-2020- MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED, elaborado por la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, dependiente de la citada Dirección General, a través del cual se propone y sustenta la necesidad de modificar el cronograma establecido en el Anexo 1 de las Bases del VIII Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes, señalando que la modificación propuesta alcanza a la actividad del cronograma: ceremonia de premiación;Que, asimismo, mediante el Informe N° 1215-2020-MINEDU/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica en consideración al informe señalado en el párrafo precedente concluye favorablemente sobre la viabilidad legal del referido proyecto normativo; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 006-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 006-2020-MINEDU, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 156-2020-MINEDU. SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el cronograma establecido en el Anexo 1 de las Bases del VIII Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes, aprobadas por Resolución Viceministerial N° 166-2020-MINEDU, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Anexo 1. CRONOGRAMA VIII CONCURSO NACIONAL DE BUENAS PRÁCTICAS DOCENTES N.º Actividad Inicio Fin 1 InscripciónAl día siguiente de la publicación de la RVM que aprueba las bases30 setiembre 2 Evaluación1 octubre20 noviembre 3Publicación de ganadores24 noviembre 4Ceremonia de premiación11 diciembre ” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIANA MARIELA MARCHENA PALACIOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1902274-1 Aprueban la Norma Técnica denominada: “Procedimientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria, de Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de Educación Básica Alternativa para el Periodo Lectivo 2021” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 216-2020-MINEDU Lima, 11 de noviembre de 2020 VISTOS, los informes técnicos contenidos en el expediente DITEN2020-INT-0122823, y el Informe N° 1228-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y