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13 NORMAS LEGALES Jueves 12 de noviembre de 2020 El Peruano / Que, con el documento de Visto, el Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud propone al señor LUIS ALLENDE MANCO MALPICA, para desempeñar los cargos señalados precedentemente; Que, a través del Informe Nº 629-2020-EIE-OARH- OGGRH/MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a las acciones de personal solicitadas; Que, conforme a lo establecido en el numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 15-2020/MINSA, de fecha 13 de enero de 2020, se ha delegado en el Viceministro/a de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, entre otros, la facultad de emitir actos resolutivos de designación temporal para el cargo de Director/a de Hospital y Jefe/a de Instituto Especializado, así como, designar a los Directores Adjuntos de Hospitales e Institutos Especializados de Lima Metropolitana; Con el visado del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y la Resolución Ministerial N° 15-2020/MINSA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar en el Hospital de Huaycán del Ministerio de Salud, las acciones de personal que se detallan a continuación: Nombres y ApellidosCargo ÓrganoAcción de personalCAP – P Nº LUIS ALLENDE MANCO MALPICADirector Adjunto Dirección del HospitalDesignación 0002 Director de Hospital I Encargo 0001 Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR FREDDY BOCANGEL PUCLLA Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud 1902303-1 Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Administración Central del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 285-2020/MINSA Lima, 11 de noviembre del 2020Visto, el Expediente N° 20-048886-001, que contiene el Memorándum N° 1728-2020-OGGRH-OARH-EPP/MINSA de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; y, el O fi cio N° 576-2020-SERVIR-PE que remite el Informe Técnico N° 127-2020-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30057 se aprueba la Ley del Servicio Civil, la cual establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1450, que el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE);Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil se establece la progresividad de la implementación de la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; mientras que el literal e) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, deroga el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP); Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE se formaliza la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, modi fi cada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.5 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la entidad sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057. Las normas referidas al CAP-P que deben aplicar las entidades de los tres (3) niveles de gobierno se encuentran establecidas, entre otros, en el Anexo 4 de la citada Directiva; Que, en ese sentido, el numeral 1.2 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH dispone que, aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su Cuadro para Asignación de Personal, con la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual del Presupuesto del Sector Público; asimismo, se señala que en dicho contexto de excepción las entidades podrán hacer ajustes a su CAP-P en el presente año fi scal; Que, mediante la Ley N° 30957, se autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153, tuvieron vínculo laboral y fueron identi fi cados en el marco de la Disposición Final Nonagésima Octava de la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 025-2019-SA se aprueba el Reglamento de la citada Ley; Que, de igual forma, el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 016-2020, que establece medidas en materia de los recursos humanos del sector público, autoriza al Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud – CLAS, a la continuación del proceso de nombramiento de hasta el cuarenta por ciento (40%) durante el año 2020, de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957 y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento; Que, asimismo, el numeral 14.3 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 016-2020, dispuso que, para el proceso de nombramiento es requisito que las plazas o puestos a ocupar se encuentren aprobados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) o en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), según corresponda; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 280-2020-MINSA se aprueba la relación nominal del total de personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley N° 30957, y