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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (19/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Jueves 19 de noviembre de 2020 / El Peruano designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado por Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 037-2017-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor José Manuel Antonio Elice Navarro como Secretario General del Despacho Presidencial. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros 1904470-21 Modifican la Res. N° 00022-2020- ARCC/DE mediante la cual se delegaron determinadas facultades y atribuciones en materia de gestión de adquisiciones y de gestión de recursos humanos, durante el año fiscal 2020 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA RDE Nº 00136-2020-ARCC-DE Lima 17 de noviembre de 2020 VISTOS: El Informe N° 338-2020-ARCC/GG/OA/ URH de la Unidad de Recursos Humanos, y el Informe N° 00909-2020-ARCC/GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal; Que la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios cuenta con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica y está a cargo de un Director Ejecutivo con rango de Ministro para los alcances de la mencionada Ley; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, el literal p) del artículo 11 del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, precisa que entre las funciones de la Dirección Ejecutiva se encuentra la de delegar en el Director/a Ejecutivo/a Adjunto/a, en el Gerente General y en los titulares de los órganos de la entidad, conforme a sus funciones, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, el artículo 15 de dicho instrumento de gestión señala que el Gerente General es la máxima autoridad administrativa de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y actúa como nexo de coordinación entre esta y los órganos de asesoramiento y de apoyo, siendo responsable de la conducción, coordinación y supervisión de la gestión de los órganos de administración interna, teniendo entre sus funciones la de ejercer aquellas que le asigne la Dirección Ejecutiva;Que, asimismo, el artículo 29 del citado Documento de Organización y Funciones re fi ere que la O fi cina de Administración es el órgano de apoyo encargado de gestionar los recursos materiales y fi nancieros de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; de la conducción, ejecución, orientación y realización del seguimiento a los sistemas administrativos de recursos humanos, contabilidad, tesorería, abastecimiento, así como a la gestión documental y sistema de archivos, y la atención al ciudadano o usuario, de conformidad con la normativa vigente, siendo responsable de la gestión de transparencia y acceso a la información pública; Que, el artículo 34 del referido Documento de Organización y Funciones establece que la Unidad de Recursos Humanos es responsable de la conducción de los procesos técnicos del Sistema de Gestión de Recursos Humanos, así como lo referido al bienestar y desarrollo de las personas, según corresponda de acuerdo al régimen laboral o contractual aplicable; Que, de otro lado, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF y el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contratación de bienes, servicios y obras; y, conforme dispone el numeral 8.2 del artículo 8 del referido Texto Único Ordenado, el titular de la entidad puede delegar, mediante resolución la autoridad que le otorga la mencionada Ley; Que, para el cumplimiento de la fi nalidad pública vinculada a la implementación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios; Que, de acuerdo con las mencionadas disposiciones legales, la cesión de posición contractual es una forma de modi fi cación de los contratos, motivo por el cual es necesario delegar su aprobación; Que, conforme lo establecen el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, la propuesta de acuerdo conciliatorio, así como la designación de árbitros es aprobada por el titular de la entidad, aunque no son actos privativos de dicha función; Que, asimismo, en materia de recursos humanos, además del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, previsto en el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, en virtud de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 040-2019, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios se encuentra habilitada para aplicar el régimen laboral de la actividad privada previsto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-97-TR, por lo que es necesario identi fi car aquellos actos con carácter delegable; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00022-2020-ARCC/DE se resolvió delegar determinadas facultades y atribuciones de la titular de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, en materia de gestión de adquisiciones, en el/la Gerente General y en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración, así como en materia de gestión de recursos humanos, en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos durante el año fi scal 2020; Que, las acciones descritas en los considerandos precedentes son de carácter operativo y procedimental, toda vez que están orientadas a evaluar las solicitudes presentadas en el marco del Sistema Administrativo de Recursos Humanos así como de la Gestión de las Adquisiciones al interior de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, por lo que resulta pertinente que dichas facultades y atribuciones sean delegadas en el/la Gerente General, en el/la Jefe/a de la Ofi cina de Administración y en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos, de modo tal que se contribuya a agilizar y dinamizar los procesos de contratación de bienes, servicios y obras; así como dar atención a las