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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (19/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 19 de noviembre de 2020 El Peruano / acciones que demanda el personal de la entidad para el mejor funcionamiento institucional; Que, para tal efecto, corresponde modi fi car la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00022-2020-ARCC/DE; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00022-2020-ARCC/DE Modi fi car los numerales 1.1.1 y 1.1.2 del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00022-2020-ARCC/DE, a fi n de incorporar lo siguiente: “Artículo 1. Delegación al Gerente GeneralDelegar en el/la Gerente General de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante, ARCC) durante el año fi scal 2020, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. En materia de adquisiciones:1.1.1 Contrataciones bajo el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF: (…)h) Designar los árbitros en los arbitrajes institucionales y ad hoc. i) Autorizar o rechazar acuerdos conciliatorios. 1.1.2 Contrataciones bajo el ámbito del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM: (…)f) Designar los árbitros en los arbitrajes institucionales y ad hoc. g) Autorizar o rechazar acuerdos conciliatorios” Artículo 2.- Modi fi cación del artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00022-2020-ARCC/DE Modi fi car los numerales 2.1.1, 2.1.3 y 2.3 del artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00022-2020-ARCC/DE, a fi n de incorporar lo siguiente: “Artículo 2. Delegación en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración y en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración de la ARCC, durante el año fi scal 2020, las siguientes facultades y atribuciones: 2.1. En materia de adquisiciones:2.1.1. Contrataciones bajo el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF: (…)y) Suscribir adendas de cesión de posición contractual.2.1.3 Contrataciones bajo el ámbito del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM: (…) u) Suscribir adendas de cesión de posición contractual.2.3. En materia de gestión de recursos humanos Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos de la ARCC, durante el año fi scal 2020, las siguientes facultades y atribuciones: a) Evaluar y fi rmar las Declaraciones Juradas de Asunción de Responsabilidad Voluntaria, de corresponder. b) Evaluar las solicitudes de asignación de horarios de trabajo diferentes y las personas que continuarán laborando en ellos, siempre y cuando se cumplan cualquiera de los supuestos establecidos en el artículo 10 del Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, Decreto Supremo que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19. c) Suscribir los contratos de trabajo de todo el personal, independientemente del régimen laboral al que se encuentre sujeto; y demás actos y/o documentos derivados de tales regímenes y sus respectivas normas complementarias y conexas d) Suscribir, modi fi car y resolver convenios de prácticas pre-profesionales y profesionales, así como prórrogas o renovaciones. e) Autorizar y resolver las acciones de personal relacionadas con las solicitudes de licencias con o sin goce de haber respecto de todo el personal de la ARCC, independientemente del régimen laboral al que se encuentre sujeto. f) Evaluar y aprobar mediante resolución la suplencia y las acciones de desplazamiento de todo el personal no considerado de libre designación y remoción ni de confi anza, independientemente del régimen laboral al que se encuentre sujeto. g) Evaluar y aprobar mediante resolución la suplencia y las acciones desplazamiento del personal considerado de libre designación y remoción y de con fi anza, independientemente del régimen laboral al que se encuentre sujeto, incluyendo al Personal Altamente Cali fi cado – PAC, por período de hasta siete (7) días calendario. h) Representar a la ARCC ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MINTRA, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL y la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que se versen sobre temas laborales, así como denuncias y gestiones de índole laboral, que se lleven a cabo en las instalaciones de la ARCC, en el MINTRA, en la SUNAFIL o en el SERVIR. i) Representar a la ARCC ante el Seguro Social de Salud – EsSalud para intervenir en cualquier tipo de actuación relacionada a la a fi liación, desa fi liación o cobertura del seguro que corresponda para los trabajadores de la entidad. j) Suscribir certi fi cados y constancias de trabajo, boletas de pago de remuneraciones de personal, y demás documentación relacionada con el otorgamiento de bene fi cios, independientemente del régimen laboral al que se encuentre sujeto.” Artículo 3.- Derogación Derogar la Resolución de Dirección Ejecutiva RDE Nº 00094-2020-ARCC/DE. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. AMALIA MORENO VIZCARDO Directora EjecutivaAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 1904149-1