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13 NORMAS LEGALES Jueves 19 de noviembre de 2020 El Peruano / N° Código Denominación Unidad 4 32228565 Pistola ahumadora Unidad 5 53220011 Sistema de electroforesis y fotodocumentacion Unidad 6 53225912 Equipo para terapia de alto fl ujo Unidad 7 53227141 Lámpara rodable tipo cuello ganso con luz led Unidad 8 53229108 Polígrafo respiratorio ambulatorio Unidad 9 53229445 Simulador odontológico Unidad 10 53229577 Sistema de control de calidad en pacientes Unidad 11 53229593Sistema de visualización 3D para cirugía vitreorretiniana asistida por computadoraUnidad 12 60221819 Colector de datos Unidad 13 60223644 Equipo de emisiones otoacusticas Unidad14 60228295 Sistema de sensores inerciales Unidad 15 67221650 Compresor de aire respirable Unidad 16 67223752 Equipo enfriador de pellets Unidad 17 67225379 Equipo para planchar pieles Unidad 18 67227531 Monocular de visión diurna y nocturna Unidad 19 67228300 Flujometro digital de estabilidad Marshall Unidad 20 67229443 Sistema de inspección de carga y vehículos Unidad 21 67500625 Despulpador de fruta Unidad 22 67647867 Grúa para estudio de televisión Unidad 23 67820949 Carrito alegórico Unidad 24 67829945 Vehículo utilitario Unidad 25 81222640 Canal de retorno de balas Unidad 26 81226260 Juego de sensor de partida Unidad27 81229915 Sistema de cronometraje electrónico Unidad 28 81229920 Soporte de garrocha Unidad 29 81229921 Soporte de varillas Unidad 30 81640180 Banco pliometrico Unidad 31 95221128 Bloqueador de escritura portátil de puerto USB Unidad 32 95221129Bloqueador de escritura portátil de puerto de discos tipo ide/sataUnidad 33 95223112Equipo especializado en la obtención de imágenes para análisis forenseUnidad 34 95223113Equipo especializado duplicador que permite realizar imágenes forense o copias bit a bitUnidad 35 95224510 Generador de imágenes forense portátil Unidad 36 95225816 Pantalla led Unidad 1904137-1 EDUCACION Designan Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 219-2020-MINEDU Lima, 16 de noviembre de 2020 VISTOS, el Expediente N° MPT2020-EXT-0100776, el Informe N° 00210-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU- DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe N° 01241-2020-MINEDU/ SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo, el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante la Ley N° 29716, modi fi cada por la Ley Nº 29965, se crea la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Pampas, provincia de Tayacaja departamento de Huancavelica; Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, entre otras, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer la conformación de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; para tal efecto, su Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable, de conformidad con lo provisto en el literal e) del artículo 153 de la mencionada norma; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 127-2017-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja “Daniel Hernández Morillo”, quedando integrada de la siguiente manera: DARIO EMILIANO MEDINA CASTRO como Presidente, DAMIÁN MAN AYAY SÁNCHEZ como Vicepresidente Académico y EMANUEL ALFREDO ÑIQUE ALVAREZ como Vicepresidente de Investigación; Que, con Resolución Viceministerial N° 140-2018-MINEDU, se reconforma nuevamente la Comisión Organizadora de la UNAT, designándose al señor ALBERTO VALENZUELA MUÑOZ como nuevo Vicepresidente de Investigación;