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21 NORMAS LEGALES Jueves 19 de noviembre de 2020 El Peruano / Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través de su Informe N° 345-2020-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 400-2020-SIS/OGAJ concluye que, en mérito a lo comunicado por el área de GNF, GREP, OGTI y OGPPDO, lo solicitado cumple con las formalidades exigentes por el marco legal vigente, por lo que corresponde expedir el acto resolutivo pertinente; Con los vistos del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, del Director General de la Oficina General de Tecnología de la Información, del Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General; De conformidad a lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del servicio 020, la incorporación del servicio 911 y la inactivación del servicio 909, en el documento denominado “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo”, aprobado como Anexo N° 01 de la Resolución Jefatural N° 001-2018/SIS, conforme a los términos descritos en el documento que como Anexo N° 01 forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- Aprobar, con e fi cacia anticipada al 25 de agosto del 2020, la modi fi cación del servicio 907 en el documento denominado “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo”, aprobado como Anexo N° 01 de la Resolución Jefatural N° 001-2018/SIS, conforme a los términos descritos en el documento que como Anexo N° 01 forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 3.- Aprobar la modi fi cación de la de fi nición signada como código 020 y la incorporación de la de fi nición signada como código 911, en el documento denominado “Defi niciones Operacionales para el Tarifario del SIS”, aprobado como Anexo N° 02 de la Resolución Jefatural N° 001-2018/SIS, conforme a los términos descritos en el documento que como Anexo N° 02 forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 4.- Aprobar, la incorporación de dos (2) procedimientos con códigos Nos. D1330 y D1310 en el documento denominado “Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Seguro Integral de Salud”, que fue aprobado como Anexo N° 01 de la Resolución Jefatural N° 017-2019/SIS, conforme a los términos descritos en el documento que como Anexo N° 03 forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 5.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en coordinación con la O fi cina General de Tecnología de la Información, la implementación y ejecución de las disposiciones contenidas en la presente Resolución Jefatural. Artículo 6.- Los aspectos no contemplados en la presente Resolución Jefatural serán regulados por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, en el marco de sus competencias mediante documentos de gestión. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1904402-1SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Aprueban la Directiva D-010-2020- SUTRAN/06.1-002 V02 “Directiva que regula la fiscalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº D000058-2020-SUTRAN-SP Lima, 13 de noviembre de 2020VISTOS: El Informe Nº D000106-2020-SUTRAN- GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Informe Nº D000526-2020-SUTRAN-GAT de la Gerencia de Articulación Territorial, el Memorando Nº D000918-2020-SUTRAN-GPS de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, el Memorando Nº D001393-2020-SUTRAN-GSF de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, el Memorando Nº D001763-2020-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº D000206-2020-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº D000429-2020-SUTRAN-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D000389-2020-SUTRAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº D000206-2020-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancía en el ámbito nacional; Que, con Resolución de Superintendencia Nº D000044-2020-SUTRAN-SP, se aprobó la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fi scalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”; Que, a través del Informe Nº D000106-2020- SUTRAN-GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta la actualización de la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fi scalización de las Escuelas de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”; Que, mediante el Memorando N° D000918-2020- SUTRAN-GPS, el Informe N° D000526-2020-SUTRAN-GAT y el Memorando N° D001393-2020-SUTRAN-GSF, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, la Gerencia de Articulación Territorial y la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, respectivamente, mani fi estan su conformidad respecto al proyecto de actualización de la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fi scalización de las Escuela de Conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”; Que, con el Memorando N° D001763-2020-SUTRAN- UR, la Unidad de Recursos Humanos emite opinión respecto al proyecto de actualización de la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fi scalización de las Escuelas de Conductores por la