Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (01/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 1 de octubre de 2020 / El Peruano conforma el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objetivo de elaborar la propuesta de actualización de la Política Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, con una vigencia de noventa (90) días calendario, contados desde su instalación, plazo que vence el próximo 3 de octubre de 2020; Que, mediante el documento del Visto, el CONCYTEC remite el Informe Nº 053-2020-CONCYTEC-DPP-SDCTT y Proveído Nº A180-2020-CONCYTEC-DPP y, el Informe Nº 104-2020-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído Nº 446-2020-CONCYTEC-OGAJ, que sustentan las razones técnicas y legales para modi fi car el citado plazo de vigencia de noventa (90) días calendario a un plazo determinable (sujeto a condición), con la fi nalidad de garantizar el cumplimiento del objetivo para el cual fue creado el mencionado Grupo de Trabajo; por lo que, solicita la modi fi cación del artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 079-2020-PCM referido a su vigencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC); y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1. Modi fi cación del artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 079-2020-PCM Modi fi car el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 079-2020-PCM, el mismo que queda redactado con el siguiente texto: “Artículo 8. Vigencia El Grupo de Trabajo mantendrá su vigencia hasta que el Informe Final que contiene la propuesta de actualización de la Política Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, cuente con la aprobación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN.” Artículo 2. Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a los miembros que integran el Grupo de Trabajo Multisectorial conformado por la Resolución Ministerial N° 079-2020-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros 1889403-1 Designan Director de la Oficina General de Administración de la PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2020-PCM Lima, 30 de setiembre de 2020CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a el/la funcionario/a que desempeñará el citado cargo, debiendo expedirse el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor PEDRO HUMBERTO LEON NIETO, en el cargo de Director de la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros 1889403-2 AGRICUL TURA Y RIEGO Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para ser destinada a favor de los deudos del personal de la salud fallecido como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2020-MINAGRI Lima, 30 de setiembre de 2020VISTOS:El Memorándum N° 1394-2020-MINAGRI-SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 063-2020; el Informe N° 393-2020-MINAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto; y, el Informe Legal N° 1109-2020-MINAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 063- 2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del poder ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, establece reducir de manera temporal, por un período de tres (3) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el fi nanciamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del coronavirus (COVID- 19); Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 del citado Decreto, se establece que lo normado es aplicable al Presidente de la República, así como a los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, cuyo ingreso mensual proveniente de su cargo sea igual o mayor a S/ 15 000.00 (Quince Mil y 00/100 Soles); Que, asimismo, el artículo 4 del referido Decreto, establece que los Jefes de las O fi cinas de Recursos Humanos, o los que hagan sus veces, son responsables de la ejecución de lo dispuesto en la citada norma, debiéndose coordinar con la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto para las modi fi caciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 6.4 del artículo 6 del citado Decreto, establece que, para efectos del fi nanciamiento de lo establecido en el numeral 6.1, se autoriza a las entidades