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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (14/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2020 / El Peruano ANEXO III Resumen de los Tipos de Clemencia Tipo de ClemenciaBene ficioEstado del Procedimiento Sancionador / Información con la que cuenta la autoridadCondiciones Observación AExoneración de la sanción (100%)Siempre que el PAS no se haya iniciado y la autoridad no cuente con indicios sobre la existencia del cártel1. Ser el primero en presentar una solicitud de bene ficio 2. Proporcionar toda la información disponible sobre el cártel que ayude a iniciar el PAS3. Colaborar activamente4. Dejar de participar en el cártel (salvo indicación contraria)5. No revelar a terceros su identidad como solicitante6. No haber ejercido coerción contra otros agentes para participar del cártelLa exoneración no puede ser asignada en conjunto a más de un integrante del cártel. No se admiten solicitudes conjuntas por más de un agente. BReducción o exoneración (50-100%)Siempre que el PAS no se haya iniciado, pero la autoridad ya cuente con indicios sobre la existencia del cártel1. Ser el primero en presentar una solicitud de bene ficio 2. Proporcionar toda la información disponible sobre el cártel que ayude a iniciar el PAS3. Colaborar activamente4. Dejar de participar en el cártel (salvo indicación contraria)5. No revelar a terceros su identidad como solicitante6. No haber ejercido coerción contra otros agentes para participar del cártelEl bene ficio será determinado por la STCCO en función al Valor Agregado Signi ficativo de la información que aporte. CSegundo solicitante: Reducción de 30 a 50% Siempre que el PAS ya se haya iniciado y/o exista ya exista un primer solicitante1. Proporcionar información adicional a la presentada por un solicitante con prioridad en el trámite, o a la que exista en el PAS sobre el cártel que ayude a iniciar el PAS, y que otorgue un Valor Agregado Signi ficativo. 2. Colaborar activamente3. Dejar de participar en el cártel (salvo indicación contraria)4. No revelar a terceros su identidad como solicitante hasta el inicio del PAS. Una vez iniciado el PAS podrá revelar su identidad previa coordinación con la STCCO.La exoneración no puede ser asignada en conjunto a más de un integrante del cártel. No se admiten solicitudes conjuntas por más de un agente.Esta solicitud sólo se puede presentar hasta 30 días hábiles después del inicio del PAS.Tercer solicitante: Reducción de 20 a 30%. Siguientes solicitantes: Reducción de hasta 20%. ANEXO IV Resumen de las Fases del Programa de Clemencia en Telecomunicaciones Fases del Programa de ClemenciaDescripción y plazos Detalles adicionales Presentación de la Solicitud de Bene ficioSe asigna un marcador respetando un orden de prelación según oportunidad. Cada marcador se asigna en función de la infracción o conducta anticompetitiva. Si la solicitud contiene la información requerida, la STCCO la admitirá en máximo 5 días hábiles. Esta admisión será noti ficada en un plazo máximo de 5 días hábiles. El marcador no garantiza la suscripción del compromiso de otorgamiento de bene ficio.La Solicitud debe incluir lo siguiente:-Identi ficación -Descripción del cártel-Identi ficación de agentes vinculados-Descripción del mercado involucrado y/o afectado-Indicación de la extensión geográ fica del mercado afectado Presentación de evidencia del CártelEl plazo para presentar la evidencia es de 30 días hábiles pudiendo extenderse 30 días hábiles más. La STCCO puede requerir reuniones para esclarecer los alcances de la evidencia. El incumplimiento de estas puede generar el rechazo de la solicitud.La STCCO puede disponer el desarrollo de investigaciones complementarias, las que se deben efectuar en un máximo de 90 días hábiles a partir de la entrega de finitiva de la evidencia.La evidencia la constituyen los elementos de prueba del cártel que permita iniciar un PAS.Fases del Programa de ClemenciaDescripción y plazos Detalles adicionales Negociación y suscripción de compromiso de otorgamiento de bene ficiosUna vez que la STCCO constate que la evidencia es su ficiente, convocará al solicitante a una reunión para negociar el compromiso de otorgamiento de bene ficios en un plazo máximo de 15 días hábiles. El otorgamiento del bene ficio está sujeto al cumplimiento del deber de colaboración plena y continua.El cumplimiento del deber de colaboración implica:-No divulgar la presentación de solicitud de bene ficios -Poner fin a su participación en el cártel-Permitir y colaborar con las visitas de inspección-Entregar sin demora la información solicitada-Esforzarse para que cooperen quienes pueden aportar evidencia-No falsi ficar o destruir información probatoria-No advertir a los demás participantes del cártel sobre la investigación en trámite. Evaluación de otorgamiento de bene ficio definitivoEl CCP otorga el bene ficio definitivo, y lo hace una vez determinada la existencia de la infracción e impuesta la sanción. El bene ficio de finitivo (exoneración y reducción de la sanción) únicamente puede ser rechazado por el CCP si el solicitante no ha cumplido con subsanar el incumplimiento del deber de colaboración y el CCP considera que este hecho amerita denegarlo. Además, el bene ficio de exoneración de la sanción puede ser rechazado si se detecta que existió coerción por parte del solicitante.El otorgamiento del bene ficio definitivo no impide la imposición de medidas correctivas y no limitan la responsabilidad civil de los agentes económicos por los daños provocados.Se considerará que existió coerción por parte del solicitante si hubo violencia o amenaza de ella, o existe evidencia de represalias económicas o amenaza de ellas a agentes que, en principio, se hayan negado a participar del cártel, pues dichas acciones los podrían haber afectado signi ficativamente e incluso generado su salida.