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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (21/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de octubre de 2020 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 021: Junta Nacional de Justicia, Unidad Ejecutora 0198: Junta Nacional de Justicia, hasta por la suma de S/56 438.00 (Cincuenta y Seis Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho y 00/100 Soles) de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, unidad ejecutora 001: Contraloría General, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio fiscal 2020 de la Junta Nacional de Justicia. Artículo 2.- Disponer que la transferencia financiera autorizada en el artículo anterior se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 021: Junta Nacional de Justicia, Unidad Ejecutora 0198: Junta Nacional de Justicia, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4:Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica de Gasto: 2.4.13.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Precisar que los recursos de la presente transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer que la presente resolución se publique en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Junta Nacional de Justicia (www.jnj.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALDO ALEJANDRO VÁSQUEZ RÍOS PresidenteJunta Nacional de Justicia 1895254-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Comas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 593/MDC Comas, 18 de septiembre de 2020 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de septiembre de 2020, el Informe Nº 034-2020-GGTYDE/MC de la Gerencia de Gestión Territorial y Desarrollo Económico; el Informe Nº 097-2020-SGPE-GGTYDE/MC de la Subgerencia de Promoción Empresarial; el Memorando Nº 120-2020-SGGRD-GGTYDE/MC de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; el Informe Nº 012-2020-SGPM-GPP/MDC de la Subgerencia de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 059-2020-GPP/MDC de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 318-2020-GAJ/MDC y el Informe Nº 333-2020-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Dictamen Nº 003-2020-CDE/MC de la Comisión Permanente de Regidores de Desarrollo Económico; el Dictamen Nº 009-2020-CAJ de la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos; respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas; y,CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se prueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el numeral 40.1 del artículo 40º del T.U.O. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D.S. Nº 004-2019-JUS, establece que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos; Que, el D.Leg. Nº 1497 publicado el 10 de mayo de 2020 en el Diario O fi cial “El Peruano”, establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la emergencia sanitaria producida por el Covid-19; esta normativa realiza modi fi caciones en el artículo 3º del T.U.O. de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada y dispone que en caso el titular de la Licencia de Funcionamiento de un establecimiento cali fi cado con nivel de riesgo bajo o medio decida realizar el cambio de giro de la Licencia de Funcionamiento vigente, este puede realizar obras de refacción y/o acondicionamiento (sin aumentar área techada), a fi n de adecuar sus instalaciones al nuevo giro, sin afectar las condiciones de seguridad, ni incrementar la clasi fi cación del nivel de riesgo a alto o muy alto. Para ello, el titular de la licencia solo deberá presentar ante la respectiva Municipalidad una Declaración Jurada informando las refacciones y/o acondicionamientos efectuados y garantizando que no se afectan las condiciones de seguridad, ni incrementa la clasi fi cación del nivel de riego a alto o muy alto, conforme al Certi fi cado I.T.S.E. obtenido, considerando a este procedimiento de aprobación automática; Que, con Resolución Ministerial Nº 111-2020-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprueba los “Lineamientos Técnicos que establecen las Condiciones de Seguridad de los Establecimientos objeto de Inspección con nivel de Riesgo Bajo o Medio al efectuar el cambio de giro”, con la fi nalidad de proveer un nivel adecuado de seguridad en el establecimiento objeto de inspección que cambie de giro, a fi n de garantizar la integridad de las personas en el desarrollo de sus actividades; Que, la Municipalidad Distrital de Comas, como uno de los niveles de gobierno por parte de las entidades públicas puede ejecutar inversiones de optimización a fi n de potenciar los establecimientos comerciales que enfrentan esta situación por la que atraviesa el país, debido al estado de emergencia nacional, declarado para evitar la propagación del COVID-19, razón por la cual es necesario establecer la gratuidad del derecho de tramitación de los procedimientos administrativos relacionados con Cambio de Giro de la Licencia de Funcionamiento, la misma que será favorable a los administrados; Que, con Ordenanza Municipal Nº 544/MC, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, rati fi cado mediante Acuerdo de Concejo Nº 325 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el mismo que es modi fi cado con