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47 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de octubre de 2020 El Peruano / Decreto de Alcaldía Nº 004-2019-AL/MDC, así como por el Decreto de Alcaldía Nº 08-2020-MDC, que adecúa el TUPA al ROF aprobado con Ordenanza Nº 584/MDC e incluye califi cación y plazos y elimina requisito relacionados con licencias de funcionamiento establecidos con el Decreto Legislativo Nº 1497; Que, la Subgerencia de Promoción Empresarial, mediante informe de visto, solicita que se incorpore y modi fi que los procedimientos al TUPA vigente, en mérito al D.Leg. Nº 1497 el cual modi fi ca la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, mediante informe de visto, eleva a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, en mérito al D.Leg. Nº 1497, señala que resulta de necesidad institucional, incluir en el TUPA de la entidad los procedimientos; asimismo, concluye que al proponerse como un procedimiento gratuito, no requiere de rati fi cación por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y su aplicación sería inmediata con la publicación de la Ordenanza; el cual fue validado por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, mediante informe de visto; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informes de visto, emite opinión favorable sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, el mismo que deberá aprobarse previa Sesión de Concejo Municipal de acuerdo a las atribuciones que enmarca la Ley Orgánica de Municipalidades; Asimismo, señala que no estaría sujeto a la obligatoriedad de la ratificación de la Ordenanza por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Comisión Permanente de Desarrollo Económico de la Municipalidad Distrital de Comas, mediante Dictamen de vistos, emite dictamen favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas; Que, la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Distrital de Comas, mediante Dictamen de vistos, emite dictamen favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza que aprueba la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS Artículo 1º.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Comas aprobado con Ordenanza Nº 544/MDC y modi fi cado con Decreto de Alcaldía Nº 004-2019-AL/MDC y Nº 08-2020-MDC, por incorporación de procedimientos relacionados con cambio de giro de Licencias de Funcionamiento, cuyo detalle en documento Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza; en mérito a los considerandos antes expuesto. Artículo 2º.- PRECISAR que los Procedimientos Administrativos incorporados, relacionados con cambio de giro de Licencias de Funcionamiento recoge única y exclusivamente los requisitos, plazos y demás formalidades previstas en el Decreto Legislativo Nº 1497 que establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la emergencia sanitaria producida por el COVID-19. Artículo 3º.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”.Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas; www.municomas.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAÚL DÍAZ PÉREZ Alcalde 1894690-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales y administrativos en la jurisdicción del distrito ORDENANZA N° 701-MDEA El Agustino, 17 de octubre del 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINOVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal – Virtual, de fecha 16 de octubre del 2020, el Informe N° 500-2020-SGRFT-GREN-MDEA de la Subgerencia de Recaudación Tributaria, el Informe N° 206-2020-GREN-MDEA de la Gerencia de Rentas, el Memorándum N° 1111-2020-GEMU-MDEA de la Gerencia Municipal, el Informe N° 246-2020-GAJ-MDEA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la Amnistía del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 195° de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el artículo 196° de la referida norma, establece que son rentas de las municipalidades los tributos creados por Ley a su favor, las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanza Municipal, conforme a Ley; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, señala en la norma IV de su Título Preliminar, que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, puede crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Asimismo, el artículo 41° de dicho texto legal,