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40 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de octubre de 2020 / El Peruano la Nación, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, O fi cina Técnica de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1895446-1 Aprueban el “Plan de Trabajo para la Implementación de la Gestión por Procesos en el Ministerio Público - Fiscalía de la Nación” y sus anexos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1142-2020-MP-FN Lima, 20 de octubre de 2020VISTOS:El O fi cio Nº 00860-2020-MP-FN-GG, de fecha 02 de octubre de 2020 de la Gerencia General; el O fi cio Nº 001536-2020-MP-FN-GG-OGPLAP, de fecha 01 de octubre de 2020 emitido por la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y el O fi cio Nº 000691-2020-MP-FN-OGASEJ, de fecha 29 de setiembre de 2020 emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; relacionados con la propuesta de proyecto de Plan de trabajo para la Implementación de la Gestión por Procesos en el Ministerio Público - Fiscalía de la Nación, y; CONSIDERANDO:La Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 1º, numeral 1.1), declara al Estado Peruano en proceso de modernización, en sus diferentes instancias, dependencias, entidades y organizaciones, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. El Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, cuyo objetivo general es orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública con resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país, teniendo como uno de sus objetivos especí fi cos el implementar la gestión por procesos y promover la simpli fi cación administrativa. Mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 006-2018-PCM/SGP, se aprueba la Norma Técnica Nº 001-2018-SGP, Norma Técnica para la implementación de la Gestión por Procesos en las Entidades de la Administración Pública. En tal sentido, es importante implementar la Gestión por Procesos a fi n de mejorar la calidad de los bienes y servicios que brinda el Ministerio Público en favor de la ciudadanía, para lo cual la O fi cina de Racionalización y Estadística, a través de la Sub Gerencia de Normas y Procesos de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, propone el proyecto de “Plan de Trabajo para la Implementación de la Gestión por Procesos en el Ministerio Público - Fiscalía de la Nación” y para lograr dicho objetivo es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente. Estando a lo propuesto y contando con los vistos de la Gerencia General, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Trabajo para la Implementación de la Gestión por Procesos en el Ministerio Público - Fiscalía de la Nación” y sus anexos, que constan de veintisiete (27) páginas y que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que las dependencias y unidades orgánicas del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación a nivel nacional, brinden las facilidades del caso para la ejecución e implementación del Plan aprobado. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Tecnologías de la Información difunda en los medios informáticos de la institución, la presente resolución y Plan de trabajo aprobado. Artículo Cuarto.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, Gerencia General, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina General de Tecnologías de la Información, O fi cina General de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1895447-1 Delegan en el Gerente General la representación legal del Ministerio Público, tanto para la Unidad Ejecutora 002: Gerencia General como para la Unidad Ejecutora 011: Carpeta Fiscal Electrónica RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1143-2020-MP-FN Lima, 20 de octubre de 2020VISTOS:El O fi cio Nº 922-2020-MP-FN-GG de la Gerencia General, el O fi cio Nº 788-2020-MP-FN-OGASEJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el O fi cio Nº 1674-2020-MP-FN-OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: El artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, que establece que el Fiscal de la Nación representa al Ministerio Público, cuya autoridad se extiende a todos los funcionarios que lo integran, cualesquiera que sean su categoría y actividad funcional especializada. El artículo 72, numeral 72.2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante TUO de la LPAG), establece que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia. El artículo 78, numerales 78.1 y 78.2 del TUO de la LPAG, establecen que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación. El artículo 85, numeral 85.2 del mencionado cuerpo legal establece que los órganos de dirección de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecución, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de actos administrativos, con