Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2020 (29/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 29 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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indelegable, el titular de la entidad aprueba la suscripción del convenio, que también es aplicable para la suscripción de adendas; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº 30356, aprobado con Decreto Supremo Nº 381-2015-EF, dispone que las adendas que se suscriban al convenio de administración de recursos (CAR) que modifiquen la finalidad, el alcance, metas generales o específicas, objetivos o plazos deberán cumplir, para la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas, con los requisitos establecidos en el presente reglamento en lo que corresponda; Que, con Informes Nº 000158-2020/IN/OGIN/OOB/ EBO y Nº 001490-2020/IN/OGIN/OOB, la Oficina de Obras de la Oficina General de Infraestructura señala que mediante Resolución Ministerial Nº 965-2020-IN se aprueba la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana (FESC) por el monto ascendente a S/ 14 987 517,00 (Catorce millones novecientos ochenta y siete mil quinientos diecisiete y 00/100 Soles) para la ejecución proyecto "Ampliación y mejoramiento del servicio de formación policial de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú (EO PNP) del distrito de Chorrillos, provincia de Lima, Lima" (con Código SNIP 256073). Por tanto, a efectos de garantizar la continuidad de la ejecución del citado proyecto, es necesario efectuar una transferencia favor de OIM por el referido importe; Que, con Informe Nº 000308-2020/IN/OGIN/UE032/ PRESUP e Informe Nº 000548-2020/IN/OGIN/AL, el Área de Presupuesto y de Asesoría Legal de la Oficina General de Infraestructura, respectivamente, concluyen que la entidad no se encuentra inmersa en la exigencia de la opinión previa del Ministerio de Economía y Finanzas, al no configurarse modificación alguna a los presupuestos establecidos en el artículo 7 del citado Reglamento de la Ley Nº 30356, respecto del proyecto "Ampliación y mejoramiento del servicio de formación policial de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú (EO PNP) del distrito de Chorrillos, provincia de Lima, Lima" (con Código SNIP 256073); Que, con Memorando Nº 000744-2020/IN/OGIN, la Oficina General de Infraestructura comunica y remite el expediente administrativo con el cual solicita la suscripción de la Décima Tercera Adenda al Convenio Específico de Administración de Recursos para el fortalecimiento de la Policía Nacional del Perú para la seguridad y estabilización comunitaria del Perú, respecto de la ejecución del Proyecto: "Ampliación y mejoramiento del servicio de formación policial de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú (EO PNP) del distrito de Chorrillos, provincia de Lima, Lima" (con Código SNIP 256073), a fin de transferir recursos, por el importe de S/ 14 987 517,00 (Catorce millones novecientos ochenta y siete mil quinientos diecisiete y 00/100 Soles), a favor de la OIM, con la finalidad de modificar el presupuesto referencial del Convenio, a efectos de incluir el monto correspondiente para la ejecución la obra y el monto que asciende al 2% por los gastos administrativos de la OIM; Que, a través del Memorando Nº 001301-2020/ IN/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias en materia presupuestaria y en virtud del Memorando Nº 000049-2020/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en cuanto a la disponibilidad presupuestal prevista en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020, a nivel de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura, por la suma de S/ 14 987 517,00 (Catorce millones novecientos ochenta y siete mil quinientos diecisiete y 00/100 Soles) a favor de la OIM, para continuar con la ejecución del proyecto: "Ampliación y mejoramiento del servicio de formación policial de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú (EO PNP) del distrito de Chorrillos, provincia de Lima, Lima" (con Código SNIP 256073); Que, la suscripción de la Décima Tercera Adenda al Convenio Específico de Administración de Recursos para el fortalecimiento de la Policía Nacional del Perú para la seguridad y estabilización comunitaria del Perú y la transferencia financiera favor de la OIM, cuenta

con las opiniones favorables de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Memorando Nº 001301-2020/IN/OGPP; la Oficina General de Administración y Finanzas a través del Memorando Nº 000903-2020/IN/OGAF y la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante 001505-2020/IN/OGAJ; Que, con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Finanzas, Oficina General de Infraestructura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; y, la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Suscripción de la Décima Tercera Adenda Apruébase la suscripción de la Décima Tercera Adenda al Convenio Específico de Administración de Recursos para el fortalecimiento de la Policía Nacional del Perú para la seguridad y estabilización comunitaria del Perú, respecto de la ejecución del Proyecto: "Ampliación y mejoramiento del servicio de formación policial de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú (EO PNP) del distrito de Chorrillos, provincia de Lima, Lima" (con Código SNIP 256073), con la finalidad de modificar el presupuesto referencial del Convenio, a efectos de incluir el monto correspondiente para la ejecución la obra y el monto que asciende al 2% por los gastos administrativos de la OIM. Artículo 2.- Transferencia Financiera Autorizar una transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año 2020 del Pliego 007: Ministerio del Interior, Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura, por la suma de S/ 14 987 517,00 (CATORCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Limitaciones al Uso de los Recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 2 de la presente Resolución no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Publíquese la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Artículo 5.- Vigencia La presente Resolución entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario oficial El Peruano. Artículo 6.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Infraestructura, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior para que efectúen las acciones que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR AUGUSTO GENTILLE VARGAS Ministro del Interior 1898172-2

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