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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (04/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 4 de setiembre de 2020 El Peruano / iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior; Que, conforme a lo establecido por el artículo 10° literal “n” del D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, concordante con el artículo 124° del D.S. Nº 014-92-EM “TUO de la Ley General de Minería” y artículo 24° del D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros”, una de las funciones del Gobierno Regional integrante del SIDEMCAT, es efectuar la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la relación de concesiones mineras, cuyos títulos hubiera aprobado; De conformidad con el D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, D.S. Nº 014-92-EM “TUO de la Ley General de Minería” y D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros”, Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/DM y normas complementarias; SE RESUELVE:Artículo Único .- PUBLÍQUESE en el Diario O fi cial El Peruano, las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante el mes de Diciembre del 2019 y durante los meses de Enero y Febrero del 2020, por la Gerencia Regional de Energía y Minas Moquegua, siendo las siguientes: 1) INGRISH COBRESUR 10 con código 68-00023-19, mediante R.G. Nº 128-2019/GREM.M-GRM 17/12/2019, titular Ana Melva Lipe Camino (D. Torata/Omate P. Mariscal Nieto/General Sánchez Cerro) V1:N8146 E288 V2:N8145 E288 V3:N8145 E287 V4:N8146 E287 2) CALIDAD con código 68-00019-19, mediante R.G. Nº 004-2020/GREM.M-GRM 23/01/2020, titular Juan Ernesto Salgado Gutiérrez (D. Moquegua P. Mariscal Nieto) V1:N8098 E281 V2:N8096 E281 V3:N8096 E279 V4:N8095 E279 V5:N8095 E278 V6:N8097 E278 V7:N8097 E280 V8:N8098 E280 3) ANDREW con código 68-00013-19, mediante R.G. Nº 007-2020/GREM.M-GRM 30/01/2020, titular Juan Ernesto Salgado Gutiérrez (D. Moquegua P. Mariscal Nieto) V1:N8098 E301 V2:N8097 E301 V3:N8097 E300 V4:N8098 E300 4) AGUA DULCE RB con código 68-00012-16, mediante R.G. Nº 011-2020/GREM.M-GRM 10/02/2020, titular Wilfredo Mario Roldan Bedoya (D. Quinistaquillas P. General Sánchez Cerro) V1:N8146 E294 V2:N8145 E294 V3:N8145 E293 V4:N8146 E293 5) MARQUITO VI con código 68-00021-19, mediante R.G. 017-2020/GREM.M-GRM 24/02/2020, titular Filomena Condori Ccama (D. Ilo P. Ilo) V1:N8045 E269 V2:N8044 E269 V3:N8044 E267 V4:N8045 E267. Regístrese y publíquese. ROBERT GERMAN CARAZAS FLORES Gerente Regional de Energía y Minas 1881821-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban el Reglamento que Regula las Disposiciones para la Aplicación del Procedimiento Administrativo Sancionador de la Ordenanza 346/MLV del distrito de La Victoria y otras Disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA N°012-2020/MLV La Victoria, 27 de agosto de 2020.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: El Informe N°052-2020-GTTSV/MLV de la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial, el Informe N°062-2020-SGPYM-GPP de la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, el Memorándum N°213-2020-GPP/MLV de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N°726-2020-SGAYSG-GAF/MLV de la Subgerencia de Abastecimiento y Servicios Generales y el Informe N°733-2020-GAJ-MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 55° que la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio, el cual por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley; asimismo, conforme al párrafo de su artículo 56°, las vías y áreas públicas, con subsuelo y aires, son bienes de dominio y uso público y, en ese sentido, corresponde a la autoridad municipal velar por su preservación, mantenimiento y ornato; Que, según los numerales 3.1, 3.2 y 3.4 del artículo 80° de la ley antes acotada, establece que son funciones especi fi cas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de saneamiento, salubridad y salud, entre otras, proveer del servicio de limpieza pública y controlar el aseo, higiene y salubridad de los lugares públicos, fi scalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente; Que, la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el marco del proceso de modernización de la gestión del Estado y en apoyo y fortalecimiento al proceso de descentralización; Que, mediante Informe N°052-2020-GTTSV/MLV de la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, señala que el procedimiento de disposición de vehículos mediante remate en calidad de chatarra resulta necesaria en la medida que ocupan espacios públicos y generan gastos innecesarios de vigilancia sobre dichos vehículos; asimismo, la presente disposición servirá para restablecer el orden del ornato de las calles de La Victoria; Que, mediante el Memorándum N°213-2020-GPP/ MLV de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe N°062-2020-SGPYM-GPP/MLV de la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, emite opinión técnica favorable respecto al Reglamento que regula las disposiciones para la aplicación del procedimiento administrativo sancionador de la Ordenanza 346/MLV, la misma que prohíbe dejar vehículos, carrocerías y/o chatarras abandonados o unidades motorizadas mal estacionadas en la vía pública que interrumpan la libre circulación en el distrito de La Victoria; Que, mediante Informe N° 726-2020-SGAYSG-GAF/ MLV de la Subgerencia de Abastecimiento y Servicios Generales, opina favorablemente el reglamento que regula el procedimiento de disposición de vehículos indicado en el párrafo anterior; Que, mediante Informe N° 733-2020-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable respecto al Reglamento que regula las disposiciones para la aplicación del procedimiento administrativo sancionador de la Ordenanza 346/MLV del distrito de La y Victoria y otras disposiciones, el mismo que se ajusta a las normas vigentes y no lesiona el interés público; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20°, numeral 6 y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N.º 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, Gerencia de Asesoría Jurídica y Secretaria General; DECRETA:Artículo 1.- Aprobar el Reglamento que Regula las Disposiciones para la Aplicación del Procedimiento