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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (04/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 4 de setiembre de 2020 / El Peruano Que, mediante Decreto de Urgencia N° 026-2020, se establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del CORONAVIRUS (COVID-19) en el Territorio Nacional; Que, la Ley n.° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, determina las funciones especí fi cas de los Gobiernos Regionales en materia de educación, trabajo, salud, agraria, pesquera, ambiental, industria, comercio, transportes, energía y minas, desarrollo social, defensa civil y turismo. Por cuyo motivo, es competencia del Gobierno Regional de Arequipa dictar disposiciones complementarias a las dictadas por el Gobierno Nacional. Estando a lo aprobado en Sesión de Directorio de Gerentes de fecha 23 y 24 de marzo de 2020 y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ordenanza Regional N° 010-Arequipa y con las facultades conferidas por Ley; DECRETAArtículo 1°.- Aprueban lineamientos Apruébense los “Lineamientos Regionales que Complementan la Protección de la Salud Pública en el Departamento de Arequipa Frente al Riesgo de Propagación del Coronavirus (Covid-19)”, para que las entidades públicas y privadas en el marco de sus responsabilidades, cumplan oportunamente con la debida contención y protección, que van como Anexo del presente. Artículo 2°.- Sobre el Cumplimiento del Presente Durante la vigencia del estado de emergencia, se establecerán lineamientos por cada Gerencia Regional en sus respectivos ámbitos, y demás acciones conducentes para el cumplimiento de las funciones.Las Gerencias Regionales, Unidades Orgánicas del Gobierno de Arequipa deberán contribuir al cumplimiento de las medidas que establezca el Lineamiento Regional según procedimientos y acciones competentes. Artículo 3°.- Disposiciones Generales Dispóngase, que todos los órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional de Arequipa, adopten las medidas necesarias para asegurar la respuesta dentro de su ámbito de competencia, frente a cualquier eventualidad derivada del estado de Emergencia instaurado. Artículo 4°.- Vigencia de la Norma El presente Decreto Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación con arreglo a ley. Artículo 5°.- Norma derogatoria Deróguese cualquier otra disposición que se oponga a la presente. Artículo 6º.- Transcribir el presente Decreto Regional, a las instancias inmersas en el presente para su correspondiente cumplimiento. Artículo 7º.- Publicar el presente Decreto Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Arequipa (www.regionarequipa.gob.pe). Dado en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa a los veinticinco (25) días del mes de marzo del dos mil veinte. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELMER CÁCERES LLICA Gobernador Regional GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA LINEAMIENTO REGIONAL QUE COMPLEMENTA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD PÚBLICA EN EL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, FRENTE AL RIESGO DE PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19) LINEAMIENTO REGIONAL QUE COMPLEMENTA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD PÚBLICA EN EL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, FRENTE AL RIESGO DE PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19) I. INTRODUCCIÓNLa Organización Mundial de la Salud (OMS) ha elevado la alerta por el COVID-19 “nivel muy alto” en todo el mundo tras los casos de brote que se han detectado en los últimos días en diferentes países, por ello el organismo ha decidido elevar la alerta. Habiéndose detectado casos con fi rmados de la enfermedad por el virus del COVID-19 en el territorio nacional y existiendo el riesgo de su alta propagación, resulta necesario establecer medidas extraordinarias y complementarias que permitan adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el menor impacto